Servicio De Giros Postales en México en México
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Servicio de giros postales en la Legislación Mexicana
Artículo 49. El servicio de giros postales consiste en la remisión de dinero, a través de las oficinas postales, por medio de libramientos a favor de beneficiario determinado. Estos libramientos pueden endosarse por una sola vez.
La prestación de este servicio estará sujeta a las disposiciones reglamentarias.
Legislacion: Ley del Servicio Postal Mexicano
Tipo: Federal
Fecha de Publicacion: 24/12/1986
Recursos
Véase también (en general)
- Historia de la Legislación mexicana
- Legislación mexicana en materia ambiental
- Legislación mexicana en materia de comercio exterior
- Legislación mexicana en materia de derechos humanos
- Legislación mexicana vigente
- Legislación mexicana de las sociedades mercantiles
- Legislación Fiscal mexicana
Bibliografía de Derecho Administrativo
- Gabino Fraga, Derecho administrativo