Sistema Penal

Sistema Penal en México

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Introducción a Sistema Penal

Ver el tratamiento sobre el Sistema Penal en el Derecho internacional y comparado.

Derecho penal en México

El derecho penal mexicano tiene varias características interesantes y distintivas. En México, uno es considerado culpable hasta que se demuestre su inocencia. En México no existe la pena de muerte, una característica que México comparte con la mayoría de los países de América Latina por razones históricas. En México, la comisión de fraude es un delito penal, a diferencia de la mayoría de los fraudes en los Estados Unidos, que suelen considerarse un «agravio» civil. En prácticamente todas las prisiones mexicanas, se permite a los reclusos realizar visitas conyugales periódicas y gozar de mayores libertades dentro de los límites de las prisiones que en la mayoría de las penitenciarías de los Estados Unidos. La ley mexicana nunca permite la libertad condicional o la libertad bajo fianza en reconocimiento personal. Una persona acusada de un delito debe pagar una fianza monetaria (económica) para ser liberada bajo fianza, que puede no estar disponible si la posible sentencia en años supera un cierto límite según una fórmula establecida en la Constitución de México.

Revisor: Lawrence

Definición de Sistema Penal

Ver el significado de Sistema Penal en el diccionario jurídico y social..

Marco Legal Penal del País

México es una República Federal con 3 niveles de gobierno: el federal, el provincial y el municipal. El sistema federal regula ciertos crímenes incluidos los crímenes contra la salud, el narcotráfico, todos los crímenes en los cuales la víctima sea el gobierno federal y crímenes establecidos por leyes especiales como por ejemplo los delitos fiscales. Hay 32 sistemas locales diversos, uno por cada Provincia. Por último, el sistema municipal sólo regula las infracciones leves.

Sistema Penitenciario

A su vez existen tres sistemas penitenciarios. Todos los municipios tienen una pequeña cárcel en el departamento policial y algunos municipios tienen un Centro de Readaptación Social (CERESO). Las provincias tienen CERESO y el gobierno federal tiene Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESO). También hay cárceles de máxima seguridad. Todas las cárceles están superpobladas. Algunas de ellas, como por ejemplo la CERESO municipal de Juarez, Chihuahua, está al 200% de su capacidad cuando lo normal es un exceso del 30%. A su vez, algunas cárceles, como la de D.F., tienen hasta 10 detenidos en celdas de 4 personas. Una de las consecuencias de esta superpoblación es que los detenidos tienen que pagar para conseguir un lugar para dormir y que, en la practica, y en muchos casos, casi todo puede ser comprado en la cárcel. Otro problema importante es que, como ocurre en otros países latinoamericanos y no latinoamericanos, el 40% de los detenidos todavía no tienen sentencia.

Por lo anterior, y como también ocurre en algún otro país, las cárceles mexicanas son conocidas por la “escuela del crimen” o “universidad del crimen”. Para tratar de solucionar este problema, se inició hace tiempo una reforma criminal que trata de convertir al sistema inquisitivo-acusatorio típico mexicano en un sistema 90% acusatorio. Esta reforma, conocida como la reforma de 2008 (comenzada con la Constitución Federal de junio de 2008), estaba previsto que tomara 8 años en ser completada. Algunos progresos se produjeron rápido, como en el estado Chihuahua, donde se implementó al 100%. Sin embargo, en Chihuahua se incluyó la cadena perpetua en el año 2011.

Legislación y Leyes en Materia Penal

La Prueba como Elemento en un Sistema Penal

Con este título, Rafael Santacruz Lima escribió un artículo en la Revista Ciencia Jurídica [1], cuyo sumario es el siguiente: Este trabajo ofrece un estudio sobre la prueba, bajo la presunción de que el garantismo, constituye un modelo que permite desarrollar criterios de coherencia y justificación o, si se quiere, las condiciones para que la prueba logre su aceptación, a través de la verificación por parte de la acusación y la refutación por parte de la defensa.

Recursos

Notas y Referencias

  1. Criminal Defense Wiki
  2. Id.
  3. Rafael Santacruz Lima, Ciencia Jurídica de la Universidad de Guanajuato, México, Vol. 2, Núm. 3 (2013): enero-junio 2023

Véase También

    Bibliografía

    ANTON, MITTERMAIER, Karl Joseph, Tratado de la prueba criminal, Editorial Hammurabi, Primera Edición, Argentina, 2006.

    CAFFERATA NORES, José, La Prueba en el Proceso Penal, Editorial Lexis-Nexis, Sexta Edición, Argentina 2008.

    CARBONELL, Miguel y OCHOA REZA, Enrique, ¿Qué son y para qué sirven los juicios orales?, Editorial Porrúa, Primera Edición, México 2008.

    DELLEPIANE, Antonio, Nueva Teoría de la Prueba, Editorial Temis, Tercera reimpresión, Bogotá Colombia, 1997.

    DÍAZ DE LEÓN, Marco Antonio, Diccionario de Derecho Procesal Penal, Editorial Porrúa, Tomo II, Tercera Edición, México. 1997.

    FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón «Teoría del Garantismo Penal», Editorial Trotta, Quinta edición, España, 2001.

    FERRAJOLI, Luigi, Democracia y Garantismo, Editorial Trotta, Primera Edición, Madrid 2008.

    FERRER BELTRÀN, Jordi, La valoración racional de la prueba, primera edición, Editorial Marcial Pons, Madrid, Barcelona, Buenos Aires 2007.

    GARCÌA, Ramírez Sergio, Panorama del Proceso Penal, Editorial Porrúa, Primera Edición, México 2004.

    MARTÍNEZ PINEDA, Ángel, Filosofía Jurídica de la Prueba, Segunda Edición, Editorial Porrúa, México 2001.

    NATARÉN, Nandayapa, Carlos F. Litigación Oral y práctica forense penal, editorial Oxford, primera edición, México, 2011.

    RIBEIRO, Toral, Gerardo, Verdad y Argumentación, Editorial Porrúa, primera edición, México, 2006.

    TARUFFO, Michele, La prueba de los hechos, Editorial Trotta, Segunda Edición, Madrid, 2005.

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