Testamento Marítimo

Testamento Marítimo en México

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Testamento Marítimo en el Derecho Civil Mexicano

Concepto de Testamento Marítimo publicado por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Testamento otorgado por los que vayan a bordo durante un viaje por mar, en buque de guerra o mercante.

Testamento Marítimo en el Derecho de Sucesión

La presente sección analiza testamento marítimo en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a testamento marítimo. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de testamento marítimo y el Derecho de Sucesión.

Testamento Marítimo en la Sucesión Testamentaria

El ordenamiento civil establece una serie de formalidades para el otorgamiento de testamento en altamar abordo de navíos de la marina nacional, con la presencia del capitán del navío corno máxima autoridad en el buque y representante de las autoridades mexicanas, y establece (artículo 20, LNCM), la obligación del capitán de citarlo por nota en el Diario de Navegación (artículo 1586 del Código Civil, y 36, fracción X, y 64, fracción III, LNCM).

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Testamento Marítimo en el Derecho de Sucesión

La presente sección analiza testamento marítimo en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a testamento marítimo. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de testamento marítimo y el Derecho de Sucesión .

Testamento Marítimo en la Sucesión Testamentaria

El ordenamiento civil establece una serie de formalidades para el otorgamiento de testamento en altamar abordo de navíos de la marina nacional, con la presencia del capitán del navío corno máxima autoridad en el buque y representante de las autoridades mexicanas, y establece (artículo 20, LNCM), la obligación del capitán de citarlo por nota en el Diario de Navegación (artículo 1586 del Código Civil, y 36, fracción X, y 64, fracción III, LNCM). [1]

Testamento Marítimo

Esta sección examinará y se ocupará de las cuestiones relacionadas con testamento marítimo en el ámbito jurídico mexicano.[rtbs name=»derecho-civil»] [rtbs-name=»derecho-de-sucesiones»] [rtbs-name=»testamentos»]

Recursos

Véase También

  • Derecho de Sucesiones
  • Testamento
  • Formas Testamentarias
  • Derecho Privado
    • Recursos

      Notas

      1. Información sobre testamento marítimo en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. de 1981

      Bibliografía

      • Sala, Juan, Ilustración del derecho real de España, México, Imprenta a cargo de Mariano Arévalo.
        Tancefin, Maurice, Théorie du droit des obliga tions, Quebec, Les Presses de I’Université Laval, 1975.

      Recursos

      Notas

      1. Información sobre testamento marítimo en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. de 1981

      Bibliografía

      • Sala, Juan, Ilustración del derecho real de España, México, Imprenta a cargo de Mariano Arévalo.

        Tancefin, Maurice, Théorie du droit des obliga tions, Quebec, Les Presses de I’Université Laval, 1975.

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