Vicio de la Voluntad

Vicio de la Voluntad en México en México

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Ausencia de Vicio de la voluntad en el Contrato de Compra Esperanzada

El contrato de compra de esperanza se considera como una modalidad de la compraventa, debido a eso sería preferible que así como se regula la compra de cosa futura dentro del contrato de compraventa por razones técnicas legislativas después de ella, debería de haberse considerado la compra de esperanza, debido a que se encuentran sujetas a las mismas reglas y no existen ninguna razón para que esta última se incluya en la parte en que se regulan los aleatorios, la diferencia que se puede encontrar entre ambos, es que la compra de cosa futura y la compra de esperanza, ya quedo establecida con anterioridad.133290623-01

Esto se refiere a que no debe de existir error, dolo, mala fe o ; si se presentare alguno de estos vicios el contrato estaría afectado de nulidad relativa, según lo dispuesto en el artículo 2228 del Código Civil Federal:

Artículo 2228.- La falta de forma establecida por la ley, si no se trata de actos solemnes, así como el error, el dolo, la , la lesión, y la incapacidad de cualquiera de los autores del acto, produce la nulidad relativa del mismo.

Por lo que respeta a la lesión, está no se puede aplicar en virtud de que se trata de un contrato aleatorio, pero el maestro Rojina Villegas señala que: La lesión funciona en los conmutativos, y se cree que en los aleatorios no debe de operar; pero éstos tampoco deben ser una fuente de explotación indebida del inexperto, débil o del ignorante, donde se puede verificar la explotación indebida.

De dicha opinión el licenciado Salvador Rocha Díaz en su exposición los contratos aleatorios, señala lo siguiente:

“La lesión debe de aplicarse a los contratos aleatorios por las siguientes razones: La creación del concepto responde a las de la época en que fue creado, las que propiciaron confundir la igualdad entre las , que exige la conmutativa, con una absoluta equivalencia entre ellas; la lesión, en su aspecto objetivo, exige desproporción en las , la cual puede encontrarse no solamente cuando las prestaciones sean susceptibles de equivalencia, sino aun en aquellos casos en que, matemáticamente, no existe la posibilidad de determinar la equivalencia, pero sí una desproporción, caos en los cuales igualmente se viola la conmutativa”.

La lesión se aplicará en todos aquellos contratos en que sea susceptible de encontrarse una desproporción, sin importar que los mismos se consideren tradicionalmente como conmutativos o como aleatorios. La evolución del clama por la aplicación de la lesión en forma general, como principio de social y, por ende, de derecho (mexicano), su aplicación, sólo debe excluirse cuando no se satisfagan los requisitos: la desproporción y la explotación.

Pero en el contrato de compra de esperanza, que es aquel por el cual una se obliga a transmitir los frutos que una cosa produzca, por una cantidad determinada, sufriendo el comprador el riesgo de que los frutos no lleguen a existir, es donde la ejemplificación resulta más fácil y la experiencia más dolorosa. En efecto, es frecuente que aprovechándose de la miseria e ignorancia de nuestra gente del campo, se adquieran los frutos en rama por cantidades ridículas, y estimamos que la lesión es el remedio eficaz para tal situación.

Es importante tener en cuenta que para que todo contrato, ya sea conmutativo o aleatorio requiere de ciertos requisitos para que tenga validez, y toda vez que estos serán cubiertos, no se debe de dar la presencia de ningún tipo de vicios, que como sabemos son el error, dolo, mala fe o violencia, sumando el hecho de que las partes deben de gozar con para llevar a cabo . La lesión en sí, funciona en los contratos conmutativos, y se cree que en los aleatorios no debe de operar, la lesión, en su aspecto objetivo, exige desproporción en las prestaciones.

Autor: HildaLopezB

Vicio de la voluntad

Vicio de la voluntad en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Vicio de la

Recursos

Notas

Véase También

Bibliografía

García Treviño, Ricardo. Los contratos civiles y sus generalidades. Séptima Edición. México 2008.

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