Votación Nominal

Votación Nominal en México

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Votación nominal en el Derecho Parlamentario

Concepto de votación nominal en la práctica legislativa mexicana: Es aquella en la que se registra el nombre y apellido del legislador con el sentido de su voto, a fin de dar certeza del número exacto de votos emitidos durante la discusión en el Pleno de un proyecto de reforma o expedición de Ley. En la práctica parlamentaria actual se lleva a cabo mediante la apertura de la pizarra electrónica de votación desde el escaño o curul.

El Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General señala que la votación nominal se hará del modo siguiente: 1) cada miembro de la Cámara, comenzando por el lado derecho del presidente, se pondrá en pie y dirá en alta voz su apellido y también su nombre si fuere necesario para distinguirlo de otro, añadiendo la expresión sí o no; 2) un secretario apuntará los que aprueben y otro los que reprueben; 3) concluido este acto, uno de los mismos secretarios, preguntará dos veces en alta voz, si falta algún miembro de la cámara por votar; y no faltando ninguno, votarán los secretarios y el presidente; 4) los secretarios o prosecretarios harán enseguida el cómputo de los votos, y leerán desde la tribuna uno los nombres de los que hubiesen aprobado y otro el de los que reprobaren; después dirán el número total de cada lista y publicarán la votación.

El mismo ordenamiento señala que las votaciones serán nominales: primero, cuando se pregunte si hay o no lugar a aprobar algún proyecto de ley en lo general; segundo, cuando se pregunte si se aprueba o no cada artículo de los que compongan el indicado proyecto o cada proposición de las que formen el artículo; y tercero, cuando lo pida un individuo de la propia Cámara y sea apoyado por otros cinco.

El Reglamento del Senado establece que la votación es nominal cuando cada senador emite su voto después de identificarse por su nombre y apellidos, sea en voz alta o a través del sistema electrónico.

El Reglamento de la Cámara de Diputados especifica que se llevará a cabo utilizando el sistema electrónico o por medio del pase de lista que haga el secretario de la Mesa Directiva con el sentido del voto de cada uno de los legisladores presentes en la sesión de Pleno. Regula que este tipo de votación se verifique para avalar algún dictamen, una proposición con punto de acuerdo considerada de urgente u obvia resolución, alguna iniciativa o minuta por vencimiento de término y/o persista duda del resultado de una votación económica para el desahogo de algún asunto del orden del día.

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