Voto de Confianza

Voto de Confianza en México

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Voto de Confianza en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Voto (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: voto de censura). Confianza, deriva de confiar que significa esperar con firmeza y seguridad; encargar, poner al cuidado de. Significa esta palabra seguridad o esperanza firme acerca de la integridad, la capacidad o el carácter. En una de sus acepciones, confianza se emplea para aludir a una persona en quien se puede confiar. Su equivalente en otras lenguas es: portugués, confiança; inglés, confidence, trust; francés, confiance; alemán, Vertrauen e italiano, confidenza, fiducia.

Desarrollo de Voto de Confianza en este Contexto

El voto de confianza denota en el campo del derecho parlamentario, la aprobación que los miembros del parlamento, asambleas o congresos otorgan a un gobierno para demostrar que cuenta con su apoyo y respaldo a las acciones que realiza. También es la expresión de la ratificación que el órgano legislativo hace al gobierno cuando es objeto de ataques o cuestionado por las políticas que está llevando a cabo. Generalmente se contrapone a la petición del voto de censura que la oposición pretende lograr contra el gobierno para hacerlo dimitir, pues al concedérsele un voto de confianza sale fortalecido y se hace patente la adhesión mayoritaria de los grupos parlamentarios. De ahí que se le considere en el derecho parlamentario a este tipo de voto, como equivalente de la moción de confianza (FRANCISCO BERLÍN VALENZUELA).

Voto de confianza en el Derecho Parlamentario

Concepto de voto de confianza en la práctica legislativa mexicana: En el campo del derecho parlamentario, es el mecanismo que los miembros del parlamento, asambleas o congresos ostentan sobre un gobierno para manifestar que cuenta con su apoyo y respaldo a las acciones y políticas públicas que implementa. También es la expresión de la ratificación que el órgano legislativo hace a la administración pública cuando es objeto de ataques o cuestionado por la gestión que lleva a cabo.

Generalmente se contrapone a la petición del voto de censura que la oposición pretende lograr contra el gobierno para hacerlo dimitir, pues al concedérsele un voto de confianza sale fortalecido y se hace patente la adhesión mayoritaria de los grupos parlamentarios. De ahí que se le considere equivalente a la moción de confianza.

Voto de Confianza en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Voto (vid. supra, voto de censura). Confianza, deriva de confiar que significa esperar con firmeza y seguridad; encargar, poner al cuidado de. Significa esta palabra seguridad o esperanza firme acerca de la integridad, la capacidad o el carácter. En una de sus acepciones, confianza se emplea para aludir a una persona en quien se puede confiar. Su equivalente en otras lenguas es: portugués, confiança; inglés, confidence, trust; francés, confiance; alemán, Vertrauen e italiano, confidenza, fiducia.

Desarrollo de Voto de Confianza en este Contexto

El voto de confianza denota en el campo del derecho parlamentario, la aprobación que los miembros del parlamento, asambleas o congresos otorgan a un gobierno para demostrar que cuenta con su apoyo y respaldo a las acciones que realiza. También es la expresión de la ratificación que el órgano legislativo hace al gobierno cuando es objeto de ataques o cuestionado por las políticas que está llevando a cabo. Generalmente se contrapone a la petición del voto de censura que la oposición pretende lograr contra el gobierno para hacerlo dimitir, pues al concedérsele un voto de confianza sale fortalecido y se hace patente la adhesión mayoritaria de los grupos parlamentarios. De ahí que se le considere en el derecho parlamentario a este tipo de voto, como equivalente de la moción de confianza (FRANCISCO BERLÍN VALENZUELA).

Más Detalles

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

ABRAHAM, L.A., C.B., C.B.E., B.A. y S.C. Hawtrey, M.A., A Parlamentary Dictionary, Butter Worths & Co. Publishers, Londres, 1964.

Gran Enciclopedia del Mundo, Durvan, Bilbao, España, 1970, t. 20.

CABANELLAS, Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Heliasta, Argentina, 1981, t. VIII.

Recursos

Véase También

Bibliografía

ABRAHAM, L.A., C.B., C.B.E., B.A. y S.C. Hawtrey, M.A., A Parlamentary Dictionary, Butter Worths & Co. Publishers, Londres, 1964.

Gran Enciclopedia del Mundo, Durvan, Bilbao, España, 1970, t. 20.

CABANELLAS, Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Heliasta, Argentina, 1981, t. VIII.

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