Breve Término

Breve Término en México en México

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Breve término en la Jurisprudencia Mexicana

Rubro o Categoría de Derecho: Petición. Derecho de. Concepto de Breve Término.

La expresión «breve término», a que se refiere el artículo 8o. constitucional, que ordena que a cada petición debe recaer el acuerdo correspondiente, es aquel en que individualizado al caso concreto, sea el necesario para que la autoridad estudie y acuerde la petición respectiva sin que, desde luego, en ningún caso exceda de cuatro meses.

Epoca: Octava

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Número: XIII

Fecha de publicación:

Paginas: 390

Tesis: I.4o.A.68 K

Tipo: Tesis aislada

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía de Derecho Constitucional

  • Luis Recasens Siches, Tratado general de filosofía del Derecho
  • Felipe Tena Ramírez, Derecho constitucional mexicano
  • Jorge Carpizo McGregor, La Constitución mexicana de 1917

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