Clases de Leyes

Clases o Tipos de Leyes en México

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Tipos y Nomenclatura de las leyes

El derecho de iniciar leyes o decretos, con fundamento en el artículo 71 constitucional, compete al Presidente de la República, Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, a las legislaturas de los estados y a los ciudadanos si es presentada por el número equivalente al 0.13% del padrón nominal, adición del 9 de agosto de 2012.

El padrón nominal al año 2012 fue estimado en 81’252,647 por lo que para presentar una iniciativa ciudadana, se requiere que sean por lo menos 105,629 ciudadanos inscritos los que la presenten.

Clasificación en razón del organismo del que emanan las leyes:

  • Leyes Federales, las que emanan del Congreso de la Unión.
  • Leyes Locales, las que emanan de las Legislaturas de los estados.
  • Ley Orgánica. La que se sustenta en algún artículo de la Constitución relacionado con la estructura del poder público y sus funciones.
  • Ley Reglamentaria. Las que derivan de la parte dogmática de la Constitución que regula los derechos fundamentales; así como las que reglamentan directamente algún artículo constitucional sin estructurar órganos públicos.
  • Ley Federal. Las que emanan del Congreso de la Unión de aplicación para la federación, con leyes relativas en las entidades federativas, según el ámbito de aplicación.
  • Ley General. Las que regulan actividades de aplicación obligatoria en los tres órdenes de gobierno; federal, estatal y municipal, legislar sobre ellas es competencia exclusiva del Congreso de la Unión; versan sobre temas concurrentes entre la federación y las entidades federativas, con la posibilidad de delegar en la misma ley, facultades a los estados y municipios.

La facultad al Congreso de la Unión para expedir leyes generales sobre un tema, debe estar señalada expresamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El ámbito de aplicación federal o general de las leyes, va en razón de la naturaleza jurídica que se plasma en el cuerpo de la ley y la concurrencia de actividades entre el Poder Federal y los estados que señala y no en la denominación, que sirve básicamente como referencia.

Leyes Especiales y Leyes Generales

Máxima Jurídica sobre Leyes Especiales y Leyes Generales: Reglas para su Derogación.

LEX POSTERIORI.. NON DEROGAT PRIORISPECIAL

Significado de la Máxima

LA LEY POSTERIOR NO DEROGA, LA LEY ESPECIAL ANTERIOR

Aplicación

Octava Época No. De Registro: 228,635 Instancia: Tribunales Colegiados Fuente:

Materia(s):

Tomo:

Página:

de Circuito Aislada Semanario Judicial de la Federación Común III, Segunda Parte-1, Enero a Junio de 1989 445

Máxima Jurídica sobre Leyes Especiales y Leyes Generales. Reglas para su Derogación.

LEX POSTERIORI.. NON DEROGAT PRIORISPECIAL

Significado de la Máxima

LA LEY POSTERIOR NO DEROGA, LA LEY ESPECIAL ANTERIOR

Aplicación

Octava Época

No. De Registro: 228,635

Instancia: Tribunales Colegiados

Fuente:

Materia(s):

Tomo:

Página:

de Circuito Aislada

Semanario Judicial de la Federación

Común

III, Segunda Parte-1,

Enero a Junio de 1989 445

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