Coordinación con el Sector Paraestatal en Guerrero

Coordinación con el Sector Paraestatal en Guerrero en México en México

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Coordinación con el Sector Paraestatal en Guerrero

En este mismo sentido, el artículo 38 de la mencionada Ley Orgánica Estatal, faculta al gobernador para determinar agrupamientos de entidades de la administración pública paraestatal, publicándose para ello el Acuerdo que Agrupa por Sectores a las Entidades Paraestatales, a efecto de que sus relaciones con el ejecutivo estatal se realicen a través de la dependencia que, en cada caso, designe como coordinadora del sector.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información Sobre Coordinación Con el Sector Paraestatal en Guerrero de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Coordinación Con el Sector Paraestatal en Guerrero en «La administración pública en el Estado de Guerrero,» por Omar Guerrero (Instituto de Administración Pública del Estado de Guerrero, México, 1991)
  • Información Sobre Coordinación Con el Sector Paraestatal en Guerrero en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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