Delitos Electorales

Delitos Electorales en México

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Delitos electorales

Delitos electorales en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Visiones sobre Delitos Electorales en el Derecho Penal

Reflexión Crítica

LAS CONDUCTAS que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función pública electoral son de interés para el Derecho Penal, por ello, en nuestra legislación hay un título específico para delitos electorales, toda vez que la prevención general positiva que implica penar dichas conductas, así como la prevención especial de quien ha vulnerado dicho bien jurídico, fortalece la confianza y certeza que deben revestir nuestros instrumentos electorales, ya que con ellos es que logramos avanzar en aras de la democracia. Delitos que en su mayoría son de resultado formal, pues basta que la conducta se adecue al tipo para que se configure la misma como típica, situación que actualmente genera problemas reales frente a las lagunas de la legislación mexicana respecto de los delitos de peligro y frente a los cuales los jueces se han pronunciado por la necesidad de acreditar el resultado material de dichas conductas delictivas. LUZ BERTHILA BURGUEÑO DUARTE (Autor)

Reflexión Crítica

LA APERTURA a la democracia que nuestro país ha desarrollado en los últimos años ha impactado las elecciones intermedias y presidenciales, lo que sin duda exige una mejor regulación por parte de las autoridades electorales y de las de procuración de justicia en dicha materia; esta última debe contar con tipos penales electorales en los catálogos de delitos graves de los distintos códigos penales del país, gozar in genere de autonomía técnica con plena autodeterminación de sus resoluciones que garantice una contribución plena al desarrollo de la función penal electoral en la más amplia de sus acepciones; de lo contrario, será vano todo esfuerzo. ALEJANDRO CARLOS ESPINOZA (Autor)

Reflexión Crítica

EL FENÓMENO de los esfuerzos por obtener una sana democracia representativa obligó a introducir en nuestro Código Penal Federal un capítulo (el vigésimo cuarto) denominado «Delitos Electorales y en Materia de Registro Nacional de Ciudadanos». Comprenden dichos delitos principalmente las violaciones dentro del procedimiento electoral, el proselitismo, las obstaculizaciones para que se produzca un voto libre, el pago de votos a favor de un candidato, la violación de urnas electorales, el impedir la instalación de casillas, y cuestiones relacionadas. Lo que queda como observación especial es ver cómo el ciudadano, titular de la soberanía nacional, queda cada vez más secuestrado por los partidos políticos que poseen numerosos privilegios que corresponden al pueblo, y éste resulta sometido por aquéllos para ejercer su derecho de voto. JUVENTINO V. CASTRO Y CASTRO (Autor)

Reflexión Crítica

PARA QUE nuestro sistema penal electoral funcione eficientemente, debemos considerar una serie de cambios trascendentales en materia penal electoral. De lo contrario, nuestra naciente democracia no podrá hacer frente a los nuevos retos que implica fortalecer el régimen democrático mexicano. Consideramos que los tipos penales electorales deben unificarse; es decir, tiene que haber un catálogo federal único de delitos electorales y el órgano encargado de la procuración de justicia penal electoral debe de contar con total autonomía de los Poderes de la Unión y partidos políticos, para garantizar la total imparcialidad. Estos cambios son indispensables para fortalecer la democracia y así recuperar la confianza de la ciudadanía en las instituciones. ÍÑIGO FERNÁNDEZ BAPTISTA (Autor)

Reflexión Crítica

LA EQUIDAD o los resultados en las contiendas electorales en nuestro país pueden ser afectados por personas físicas o morales (como los propios partidos políticos). Sin embargo, en virtud de que actualmente en México la facultad de investigar la posible comisión de delitos se encuentra a cargo de una institución dependiente del Poder Ejecutivo, no parece conveniente que éste conozca de los hechos referidos, puesto que lo que se encuentra en juego es la continuidad o no de un determinado partido político en el ejercicio de dicho poder. Sería deseable fortalecer a los institutos electorales ciudadanos para que investiguen estas conductas y, en su caso, ejerzan acciones penales en contra de quienes aparezcan como probables responsables, para lo cual es necesario que sean abogados penalistas quienes integren la comisión correspondiente. OSIRIS VÁZQUEZ RANGEL (Autor)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Reflexiones sobre delitos electorales publicados primero por el INACIPE, 2007

Recursos

Véase también

Otras búsquedas sobre los Delitos en la Enciclopedia Jurídica Mexicana

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