Derecho a Vacaciones

Derecho a Vacaciones en Mexico en México

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Derecho a Vacaciones y al Descanso Semanal en la Organización Administrativa

La presente sección analiza derecho a vacaciones y al descanso semanal en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a derecho a vacaciones y al descanso semanal. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de derecho a vacaciones y al descanso semanal y la Organización Administrativa.

Derecho a Vacaciones y al Descanso Semanal en la Función Publica

La LFTSE dispone que los burócratas gozarán de un día de descanso obligatorio con salario íntegro, por cada seis días de trabajo; sin embargo por acuerdo presidencial (publicado en el Diario Oficial del 28 de diciembre de 1972) se conceden 2 días de descanso.

En cuanto a las vacaciones, los trabajadores con más de seis meses de servicios gozarán de dos períodos anuales de diez días laborales cada uno.

Sistema de Vacaciones

Por acuerdo del presidente de la República (Diario Oficial de 8 de agosto de 1978), los titulares de las dependencias y entidades administrativas, con intervención de los respectivos sindicatos, han establecido el sistema de vacaciones escalonadas en la administración pública. [1]

Rol de las Vacaciones de los Mexicoamericanos

Dos días festivos seculares de importancia nacional en México son celebrados por un número significativo de mexicoamericanos. El día de la independencia mexicana se celebra el 16 de septiembre. Conmemorando la fecha en que el sacerdote Miguel Hidalgo [one_half][/one_half] y Costilla inició la guerra por la liberación de España con el grito, o llamado a la batalla, » Viva México y mueran los gachupines » («Viva México y muera a todos los gachupines», un término despectivo para los españoles utilizados durante el período colonial y después), parte de las festividades pueden incluir el pronunciamiento del grito y / o una misa con mariachis,(Bandas callejeras mexicanas) seguidas posiblemente por un discurso o desfile. En que la idea central relacionada con esta fecha es la solidaridad étnica, muchos de los participantes usan el charro y los trajes de China Poblana. Junto con los platos tradicionales, como el mole, otros condimentos y alimentos que se sirven en esta fecha tradicionalmente destacan los colores de la bandera mexicana: blanco, rojo y verde. Estos artículos pueden incluir arroz, limas, aguacates, tomates picados, pimientos y cebollas (Eunice Romero Gwynn y Douglas Gwynn, The Handbook… Anthropology, p. 366).

Quizás la festividad mexicana más reconocida celebrada por mexicanos y mexicoamericanos que residen en los Estados Unidos, así como por otros hispanos de todo el país, conmemora la victoria de las tropas mexicanas en la batalla de Puebla sobre el invasor del ejército francés el 5 de mayo de 1862. La celebración del Cinco de Mayo puede incluir desfiles u otras festividades y, como en el Día de la Independencia, refuerza el sentimiento de hermandad étnica para muchos estadounidenses de origen mexicano. Muchos angloamericanos se unen para conmemorar esta fecha, aunque su importancia histórica es conocida solo por un número insignificante de juerguistas.

Autor: Black

Recursos

Notas

  1. Información sobre derecho a vacaciones y al descanso semanal en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Emilio Chuayffet Chemor, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Acosta Romero, Miguel, Teoría general del derecho administrativo; 2a. ed., México, UNAM, 1975.Carrillo Flores, Antonio, La justicia federal y la administración pública; 2a. ed., México, Porrúa, 1973.

    Carrillo Flores, Antonio, «La evolución del derecho administrativo mexicano en el siglo XX», LXXV años de evolución jurídica en el mundo, vol. VI, Derechos constitucional y administrativo, México, UNAM, 1980.

    Fraga, Gabino, Derecho administrativo; 17a. ed., México, Porrúa, 1977.

    Nava Negrete, Alfonso, Derecho procesal administrativo; prólogo de Andrés Serra Rojas, México, Porrúa, 1959.

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