Excepciones al Principio de Instancia de Parte Agraviada

Excepciones al Principio de Instancia de Parte Agraviada en México

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¿Existen excepciones al principio de instancia de parte agraviada?

No, se trata de un principio de aplicación absoluta, puesto que en ningún caso y bajo ninguna circunstancia los Tribunales de la Federación pueden, de oficio, conceder al gobernado la protección de la Justicia Federal, según se desprende del artículo 107, fracción I, de la Norma Suprema, en el cual se establece que: «el juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada».

Recursos

Notas y Referencias

  1. Texto sobre excepciones al principio de instancia de parte agraviada basado en el «Manual del justiciable en materia de amparo», del Poder Judicial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, 2009
  2. Bibliografía

    • BARRERA GARZA, Óscar, Compendio de amparo, México, McGraw-Hill, 2002.
    • CASTRO Y CASTRO, Juventino V., Hacia el amparo evolucionado, 3a. ed., México, Porrúa, 1986.
    • DE PINA VARA, Rafael y Rafael DE PINA, Diccionario de derecho (mexicano), 31a. ed., México, Porrúa, 2003.
    • GÓNGORA PIMENTEL, Genaro, Introducción al estudio del juicio de amparo, 7a. ed., México, Porrúa, 1999.
    • NORIEGA, Alfonso, Lecciones de Amparo, 8a. ed., México, Porrúa, 2004.
    • Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
    • TENA RAMÍREZ, Felipe, Derecho constitucional mexicano, 26a. ed., México, Porrúa, 1980.

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