Expediente Agrario

Expediente Agrario en México

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Definición y Carácteres de Expediente Agrario en Derecho Mexicano

Concepto de Expediente Agrario que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por José Barragán Barragán) Cuando se habla de expediente agrairo se comprende al conjunto de documentos relativos a un proceso o procedimiento dotatorio de los previstos en las leyes agrarias, pues no existe un concepto especial ni en la ley ni en la doctrina que nos ayude a precisar su significado y alcance.

Más sobre el Significado de Expediente Agrario

En cuanto tal, el expediente agrario parece que debe caracterizarse por las notas del impulso oficial, su naturaleza pública y la brevedad de los términos. El impulso oficial, se advierte, no sólo porque la autoridad agraria está facultada para actuar de oficio y aun para iniciar de oficio ciertos expedientes, sino también por las amplias facultades que la ley le reconoce a esta autoridad agraria, en todos los órdenes para instruir adecuadamente dicho expediente, enmendando errores, ampliándolo o complementándolo. En ese sentido, podría afirmarse que dicha autoridad agraria viene a hacer suyo el asunto de que se trate y que procurará llevarlo a feliz término. El carácter público del expediente agrario se deriva de la naturaleza pública y social de la materia sobre la cual versa; de la falta o ausencia de una declaración expresa de reserva en tal o cual sentido; del interés colectivo que implican prácticamente todos los expedientes agrarios. La brevedad de los términos en que deben instruirse cada uno de los diferentes trámites de que pueda constar el proceso o procedimiento que se está desarrollando, podría ser otra característica del expediente agrario, que obliga a la rapidez, o que castiga la demora, el atraso, que podría usarse como táctica contraria a los promoventes interesados y, en general, contraria a la intención del legislador de proporcionar tierras a quienes cifran su única manera de sobrevivencia en ellas, por causas obvias de interés social.

Desarrollo

Con todo y pese a esta posible caracterización del expediente agrario, no resulta en la práctica expedita ni fácil el acceso al mismo; raramente se proporciona información suficiente, no digamos a terceros, pero ni tan siquiera a los propios promoventes del asunto, sobre todo cuando se ha entrado en demoras, en rezagos de meses y de años. La vía por la que se desplaza el expediente es lenta, excesivamente lenta; en muchísimos casos, es torturosa y nugatoria de los derechos mismos reconocidos a los interesados. Se habla de la existencia de miles de expedientes rezagados en los últimos tiempos, sin que se sepa a ciencia cierta lo que realmente ocurre, no obstante los actos de violencia y de sangre que se han dado en el campo por culpa precisamente de expediente rezagados, de expedientes no ejecutados o de situaciones de hecho que la impaciencia de los interesados propicia ante la lentitud e inactividad de la autoridad agraria. En el expediente agrario quedan insertos los actos fundamentales de la vida del ejido. Son actos protagonizados por el propio presidente de la República. Esta circunstancia, aunada al fenómeno de los rezagos, de la lentitud e ineficacia de la Secretaría de la Reforma Agraria para instruir los expedientes, ha determinado la aparición y la proliferación de irregularidades en la vida de los ejidos. El expediente dice una cosa y la realidad muestra diferencias importantes. De ahí entonces los programas generales de revisión y depuración de los ejidos que en repetidas ocasiones se han emprendido, sin que hasta ahora se haya dado solución satisfactoria ni al problema de las irregularidades ni al problema del rezago de expedientes agrarios.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Chávez Padrón, Martha, El proceso agrario y sus procedimientos; 3a. edición, México, Porrúa, 1979; Ruiz Massieu, Mario «Derecho Agrario», Introducción al derecho mexicano, México, UNAM, 1981, tomo II.

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