Facultades Expresas

Facultades Expresas en México

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Definición y Carácteres de Facultades Expresas en Derecho Mexicano

Concepto de Facultades Expresas que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Jorge Madrazo) En el derecho público mexicano la expresión «facultades expresas» puede tener por lo menos tres significados distintos, de acuerdo con el contexto jurídico en el que se utilice: a) en oposición a facultades implícitas; b) como forma de atribución de competencias de los funcionarios federales, y c) como elemento de la garantía de la autoridad competente.

Más sobre el Significado de Facultades Expresas

En oposición a facultades implícitas: el artículo 73 Constitucional establece cuáles son las facultades del Poder Legislativo Federal o Congreso General. Este artículo está integrado por 30 fracciones; en las primeras 29 expresamente se establecen facultades del órgano legislativo federal y, la fracción XXX, establece que el Congreso tendrá facultad «para expedir todas las leyes que sean necesarias a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión». Al contenido de esta fracción la doctrina le ha llamado facultades implícitas. Las facultades implícitas son aquellas que el Poder Legislativo puede darse a sí mismo o a cualquiera otro de los poderes federales, a fin de hacer efectivas las facultades expresas, es decir, aquellas que se establecen en las primeras 29 fracciones del artículo 73 y en otros dispositivos constitucionales, en favor del propio Congreso o de los Poderes Ejecutivo y Judicial.

Desarrollo

Como forma de atribución de competencia de la federación: México es un Estado federal. La regla general para distribuir la competencia entre la federación y las entidades federativas se establece en el artículo 124 Constitucional, que prevé que todo aquello que no esté expresamente reservado por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los funcionarios federales se entiende reservado a los Estados. De este modo, los órganos federales actúan en uso de facultades expresas, lo que significa que tienen la competencia derivada mientras que las entidades federativas conservan la original.

Más Detalles

Como elemento de la garantía de la autoridad competente: el artículo 16 Constitucional, establece como garantía individual que:» nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente…» De este modo, los actos de molestia que las autoridades pueden inferir a los gobernados, deben estar previstos expresamente en el orden jurídico como facultad expresa de alguno de los órganos de gobierno, y sin dicha facultad no pueden actuar. Esto viene a delimitar el campo de acción de los gobernantes y la esfera de los derechos de los gobernados, dentro del concepto de Estado de derecho. En México los particulares debemos tener siempre el derecho de saber qué autoridades pueden regir sobre nuestra conducta y hasta qué límite

Véase También

Facultades Implícitas; Facultades en el Estado Federal

Recursos

Véase También

Bibliografía

Carpizo, Jorge, Estudios constitucionales, México, UNAM, 1980; Lanz Duret, Miguel, Derecho constitucional mexicano y consideraciones sobre la realidad Política de nuestro régimen; 5a. edición, México, Norgis Editores, 1959, Moreno, Daniel, Derecho constitucional mexicano, México, Editorial Pax, 1972; Tena Ramírez, Felipe, Derecho constitucional mexicano; 18a. edición, México, Porrúa, 1981.

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