Formulación de la Acusación

Formulación de la Acusación en México

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Formulación de la Acusación en el Código Penal Único

Nota: para más información sobre el Código Penal Único para México, el Código Nacional de Procedimientos Penales vigente (incluyendo formulación de la acusación), véase aquí.

Formulación de la Acusación: Artículos 334-347

Termina la investigación complementaria y comienza la etapa intermedia.

u La acusación: Solicitud formal que hace el Ministerio Público a la autoridad jurisdiccional de la imposición de una pena en contra del indiciado, contando con datos de prueba suficientes para acreditar que fue cometido el hecho delictivo y la plena responsabilidad del (la) ahora acusado(a). Sólo podrá formularse por los hechos y personas señaladas en el auto de vinculación a proceso aunque se efectúe una distinta clasificación, la que deberá hacerse del conocimiento de las partes.

u Descubrimiento probatorio: El principio de contradicción contempla que las partes puedan conocer los medios de prueba de la otra parte. Visto como uno de los derechos de toda persona imputada (artículo 20 inciso B fracción VI constitucional), la igualdad de armas constituye una de las características fundamentales de los sistemas penales de tendencia acusatoria.

La doctrina especializada ubica el origen de la figura en el diseño procesal norteamericano, particularmente en el proceso Roviaro vs. United States, del que conoció la Corte Suprema de Estados Unidos. Ante la necesidad de que la defensa tuviera la oportunidad de producir evidencias a su favor, se estableció que en aplicación del principio procesal fairness, la fiscalía estaba obligada a revelar la identidad de un testimonio que adujo como prueba de cargo (Sentencia C-1194 de 2005 la Corte Constitucional Colombiana).El descubrimiento probatorio a cargo del Ministerio Público consiste en la entrega material a la defensa tanto de copia de los registros de investigación como del acceso que debe dar a la defensa respecto de las evidencias materiales recabadas durante la investigación.

Por registros de la investigación, se entiende todos los documentos que integren la carpeta de investigación, así como fotografías, videos con o sin audio grabaciones de voz, informes periciales y pruebas periciales que obren en cualquier tipo de soporte o archivo electrónico (art. 337 CNPP).

La carpeta de investigación, como señala Luis David Coaña Bé, no se trata de una incorporación automática de las distintas pruebas que se hayan recabado por parte de la institución de la representación social envestida de fe pública, sino una bitácora del agente del Ministerio Público para llevar un registro de la investigación que realiza (Coaña Bé, Luis David, «¿Competencia por razón de sistema?, en https://miguelontiveros.com/home/ expertos_luisdavid_01.php, consultado el 14 de marzo de 2014). u La defensa sólo estará obligada a descubrir aquellos medios de prueba que pretenda llevar a juicio como prueba, con salvedad del informe pericial, el cual deberá ser entregado a más tardar el día de la celebración de la audiencia intermedia, sin perjuicio de que se anuncie en ese momento.

u La audiencia intermedia tiene como finalidad dirimir todas aquellas cuestiones procesales que impedirían el libre y adecuado desarrollo de la audiencia de juicio oral. Asuntos que se resuelven en la audiencia intermedia:

– Resolver sobre acuerdos probatorios;

– Cerciorarse de que se haya cumplido con el descubrimiento probatorio;

– Excluir medios de prueba; y

– Dictado de auto de apertura a juico.

u Medios de prueba que se excluyen:

– Los sobreabundantes, impertinentes o innecesarios;

– Los obtenidos con violación a los derechos humanos;

– Los declarados nulos; y

– Los que contravienen las disposiciones para su desahogo. u Los acuerdos probatorios son aquellos celebrados entre el Ministerio Público y el (la) acusado(a) sin oposición fundada de la víctima u ofendido(a), para aceptar como probados alguno o algunos hechos o sus circunstancias.

u Hasta antes del dictado del auto de apertura se podrán celebrar acuerdos reparatorios (véase procedimientos diversos página 55); el Ministerio público podrá solicitar la suspensión condicional del procedimiento (véase procedimientos diversos página 57); podrá aplicar, previa autorización del Procurador, criterios de oportunidad; o, podrá solicitarse el procedimiento abreviado (véase procedimientos diversos página 75).

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre formulación de la acusación en relación al Código Nacional de Procedimientos Penales, comentado en la Guía de apoyo para el estudio y aplicación del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, México

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