Opinión Pública

Opinión Pública en México

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Opinión pública

Opinión pública en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Opinión Pública en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Para la Real Academia Española el término opinión deriva del latín oponio, -onis, que en español significa el concepto que se forma o se tiene de una cuestión o cosa o, bien, la estimación generalizada de las personas acerca de asuntos determinados. Mientras que la palabra pública proviene del latín publicus, siendo ésta el adjetivo que califica de notorio, patente, manifiesto, visto o sabido por todos. Estos dos vocablos, unidos, se refieren a la postura que adopta la población en lo relativo a situaciones, actos o hechos de trascendencia general, es decir, el concepto que se tiene sobre acontecimientos políticos, sociales, económicos y jurídicos. El término opinión, se escribe en inglés opinion, en francés opinion, avis, en alemán Meinung, Ansicht, en italiano opinione y en portugués opinão. Mientras que pública, se escribe en inglés y francés public, en alemán Öffentlich, en italiano pùbblico y en portugués público.

Desarrollo de Opinión Pública en este Contexto

Particularmente en México durante la vigencia de las «Siete Leyes Constitucionales» de 1836, se estableció un Supremo Poder Conservador, integrado por cinco miembros, quien era responsable ante Dios y la opinión pública (SUSANA THALÍA PEDROZA DE LA LLAVE).

Opinión Pública en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Para la Real Academia Española el término opinión deriva del latín oponio, -onis, que en español significa el concepto que se forma o se tiene de una cuestión o cosa o, bien, la estimación generalizada de las personas acerca de asuntos determinados. Mientras que la palabra pública proviene del latín publicus, siendo ésta el adjetivo que califica de notorio, patente, manifiesto, visto o sabido por todos. Estos dos vocablos, unidos, se refieren a la postura que adopta la población en lo relativo a situaciones, actos o hechos de trascendencia general, es decir, el concepto que se tiene sobre acontecimientos políticos, sociales, económicos y jurídicos. El término opinión, se escribe en inglés opinion, en francés opinion, avis, en alemán Meinung, Ansicht, en italiano opinione y en portugués opinão. Mientras que pública, se escribe en inglés y francés public, en alemán Öffentlich, en italiano pùbblico y en portugués público.

Desarrollo de Opinión Pública en este Contexto

Como antecedentes del vocablo opinión pública, tenemos que se produjeron dos fenómenos con el advenimiento del Estado social de derecho (mexicano), casi de manera simultánea, uno causa del otro, por un lado, la aparición de instituciones democráticas que representaban los intereses de los trabajadores, ya que con su participación en las asambleas deliberativas se concibe un nuevo parlamento, no como un órgano exclusivamente legislativo, sino mejor dicho como un foro de la lucha de clases e instrumentos de poder, que dirigía y formaba la postura de su respectiva clase social, es decir, como fuente creadora de la opinión pública. Por otro lado, también se inicia una separación de atribuciones normativas dejando al Ejecutivo, además de las funciones administrativas, amplias facultades reglamentarias, entendidas las primeras como las relativas a la prestación de servicios públicos. Ambos cambios, originaron una importante opinión pública respecto a la forma en la cual debe funcionar un Estado con tendencias democráticas, primero, dando el carácter representativo, plural y popular a las asambleas, segundo, fijando como idea insustituible que los órganos de gobierno son tres (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), los cuales deben estar estrictamente separados. Lo anterior, constituyó la idea de opinión pública, la cual tiende a modificarse por opiniones públicas constituidas por distintos grupos con intereses. El término opinión pública ha sido ampliamente usado y utilizado, sin embargo, por ese mismo hecho, su significado ha quedado al arbitrio de quien lo emplea. Al respecto, por un lado, se maneja como sinónimo de cuerpo electoral, lo cual es impreciso pues el segundo vocablo puede ser más amplio o más reducido dependiendo de las circunstancias particulares de cada país; por ejemplo, es amplio cuando los electores no comulgan en la calificación sobre la actividad del gobierno, pero es más reducido el cuerpo electoral, aun cuando sin capacidad para determinar a sus gobernantes, la mayor parte de la población tiene una opinión generalizada sobre la política del gobierno. Con lo cual, de forma estricta, podemos afirmar que la opinión pública es un traje a la medida de las instituciones políticas, ya que es innegable que son éstas las formadoras y conductoras de la opinión pública.

Más Detalles

Por otro lado, el parlamento, el Congreso o la Asamblea sirve de foro a los representantes populares, para manifestar, in genere, la voluntad de sus electores, y donde las fuerzas políticas pueden definirse oficialmente sobre cada situación o problema, brincando de esta forma a la opinión pública, como un medio de identificar o enjuiciar la postura de cada partido político. En este sentido, la información parlamentaria es sugestiva si se le relaciona con la función de publicidad, entendida esta última como instrumento relevante de la formación y canalización de la opinión pública. Al respecto, para Habermas, el que se hicieran notorias las discusiones parlamentarias aseguraba a la opinión pública su influencia, aseguraba la conexión entre diputados y electores como partes del mismo público.

Algunos Aspectos

Particularmente en México durante la vigencia de las Siete Leyes Constitucionales de 1836, se estableció un Supremo Poder Conservador, integrado por cinco miembros, quien era responsable ante Dios y la opinión pública (SUSANA THALÍA PEDROZA DE LA LLAVE).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Opinión Pública en la Administración Local

Concepto de opinión pública en el contexto del gobierno municipal y la administración pública local mexicana: Criterio de la generalidad de la población para apreciar problemas de asuntos relacionados con la comunidad. (Ayuntamíento de Mexicali, p 547) [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Olmedo, Raúl, Voz Opinión Pública. Diccionario Práctico de la Administración Pública Municipal (1998, 2da Edición). México: Editorial Comuna

Véase También

  • Administración Pública Municipal
  • Administración Pública Local
  • Estructura del Municipio

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

ABELLAN, Ángel Manuel, El parlamento como órgano de expresión de la opinión pública: la publicidad parlamentaria frente al secreto. en IV Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, UNAM, México, 1992. DÍEZ-PICASO, Luis María, «Parlamento, proceso y opinión pública». en Revista Española de Derecho Constitucional, año 6, núm. 18, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, septiembre-diciembre de 1986. GARCÍA MORILLO, Joaquín, Aproximación a un concepto del control parlamentario, en Revista de la Facultad de Derecho, núm. 10, Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, Madrid, 1986. Gran Encicl
opedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970. HARBEMAS, Jürgen, Historia y crítica de la opinión pública, Antoni Domènech (trad.), Gustavo Gili, Barcelona, 1981. MOTERO, José Ramón, Parlamento y opinión pública: las percepciones y los niveles de apoyo de las Cortes Generales, en Revista del Centro de Estudios Constitucionales, núm. 2, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, enero-abril de 1989. PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalia, El control del gobierno: función del Poder Legislativo, Instituto Nacional de Administración Pública, México, publicación en prensa. RABASA, Emilio O., Historia de las constituciones mexicanas, en El derecho en México. Una visión de conjunto, UNAM, México, 1991, t. I. Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed. VALADÉS, Diego, El control interorgánico entre los poderes Legislativo y Ejecutivo de México, en El sistema presidencial mexicano (algunas reflexiones), UNAM, México, 1988. VEGA GARCÍA, Pedro de, El principio de la publicidad parlamentaria y su proyección constitucional, en Revista de Estudios Políticos, núm. 43, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1985. _______, La transición política española a la luz de los principios democráticos de legalidad, publicidad y racionalidad, en Las experiencias del proceso político constitucional en México y España, UNAM, México, 1979. ZAMITIZ GAMBOA, Héctor, E] proceso de comunicación política en las campañas presidenciales de 1994 y la opinión pública en México, en Estudios Políticos, cuarta época, núm. 6, UNAM, México, enero-marzo de 1995.

Recursos

Véase También

Bibliografía

ABELLAN, Ángel Manuel, «El parlamento como órgano de expresión de la opinión pública: la publicidad parlamentaria frente al secreto». en IV Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, UNAM, México, 1992. DÍEZ-PICASO, Luis María, «Parlamento, proceso y opinión pública». en Revista Española de Derecho Constitucional, año 6, núm. 18, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, septiembre-diciembre de 1986. GARCÍA MORILLO, Joaquín, «Aproximación a un concepto del control parlamentario», en Revista de la Facultad de Derecho, núm. 10, Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, Madrid, 1986. Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970. HARBEMAS, Jürgen, Historia y crítica de la opinión pública, Antoni Domènech (trad.), Gustavo Gili, Barcelona, 1981. MOTERO, José Ramón, «Parlamento y opinión pública: las percepciones y los niveles de apoyo de las Cortes Generales», en Revista del Centro de Estudios Constitucionales, núm. 2, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, enero-abril de 1989. PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalia, El control del gobierno: función del «Poder Legislativo», Instituto Nacional de Administración Pública, México, publicación en prensa. RABASA, Emilio O., «Historia de las constituciones mexicanas», en El derecho en México. Una visión de conjunto, UNAM, México, 1991, t. I. Real Academia Española, Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed. VALADÉS, Diego, «El control interorgánico entre los poderes Legislativo y Ejecutivo de México», en El sistema presidencial mexicano (algunas reflexiones), UNAM, México, 1988. VEGA GARCÍA, Pedro de, «El principio de la publicidad parlamentaria y su proyección constitucional», en Revista de Estudios Políticos, núm. 43, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1985.

«La transición política española a la luz de los principios democráticos de legalidad, publicidad y racionalidad», en Las experiencias del proceso político constitucional en México y España, UNAM, México, 1979. ZAMITIZ GAMBOA, Héctor, «E] proceso de comunicación política en las campañas presidenciales de 1994 y la opinión pública en México», en Estudios Políticos, cuarta época, núm. 6, UNAM, México, enero-marzo de 1995.

Recursos

Véase también

Opinión Pública en el Contexto de la Gestión Pública y las Ciencias Políticas

Definición de Opinión Pública publicada por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Se refiere a la postura que adopta la población en lo relativo a situaciones, actos o hechos de trascendencia general, es decir, el concepto que se tiene sobre acontecimientos políticos, económicos y jurídicos. Es la visión o actitud compartida por algún grupo o público acerca de un asunto controvertido, generalmente de carácter político. Como opinión refleja una conjetura, una creencia, lo que a la gente comprendida en ese grupo o público le parece correcto o verdadero aun cuando no lo sea realmente. Para que se considere como pública una opinión, se requiere que refleje el juicio más o menos razonado de la mayoría del grupo o público, o el parecer de una minoría dominante contrapuesta a la mayoría indiferente. Por opinión pública se entiende el sentir en que coinciden la mayoría de las personas integrantes de un grupo social acerca de un tema, actividad u objeto determinado. La propaganda intenta lograr dos tipos de comportamiento: El cohesivo y el divisorio. El comportamiento cohesivo: implica colocar los objetivos comunes por encima de los deseos y aspiraciones individuales. El comportamiento divisorio: está en contraste directo con el comportamiento cohesivo. Este estimula al blanco audiencia a colocar sus propios intereses por encima de los objetivos de la sociedad que lo rodea. Un mensaje de propaganda divisoria incita al desaliento, a la apatía, a la discordia y a la hostilidad. El comportamiento divisorio por parte de los individuos objetos de la propaganda, incluye la deserción, la resistencia y la no cooperación.

AMAI en el Contexto de la Gestión Pública y las Ciencias Políticas

Definición de Amai publicada por Victor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Asociación Mexicana de Agencias de Investigación de Mercado y Opinión Pública.

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