Órgano Deliberante

Órgano Deliberante en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Órgano Deliberante en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: En cuanto al término órgano proviene del latín organum y del griego órganum que significan instrumento. La sexta acepción que nos da el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, alude a la persona o cosa que sirve para la ejecución de un acto o de un designio. Este término se escribe orgam en portugués; organ en inglés; orgue en francés; orgel en alemán; organo en italiano. Por su parte, la palabra deliberar es definida por el citado diccionario como el considerar atenta y detenidamente el pro y el contra de nuestras decisiones antes de adoptarlas y la razón o sinrazón de los votos que se nos piden, previamente a su emisión. Su equivalente en portugués es deliberar; en inglés to deliberate; en francés deliberer, en alemán beraten y en italiano deliberare.

Desarrollo de Órgano Deliberante en este Contexto

En México, las Cámaras del Congreso deliberan en sentido estricto, a través de sus comisiones jurisdiccionales en los procedimientos de juicio político y declaratoria de procedencia (desafuero), de acuerdo con el Título Cuarto de la Constitución General de la República y la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos (JAVIER OROZCO GÓMEZ)

Más Detalles

Órgano Deliberante en el Derecho Parlamentario

Introducción General

En cuanto al término órgano proviene del latín organum y del griego órganum que significan instrumento. La sexta acepción que nos da el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, alude a la persona o cosa que sirve para la ejecución de un acto o de un designio. Este término se escribe orgam en portugués; organ en inglés; orgue en francés; orgel en alemán; organo en italiano. Por su parte, la palabra deliberar es definida por el citado diccionario como el considerar atenta y detenidamente el pro y el contra de nuestras decisiones antes de adoptarlas y la razón o sinrazón de los votos que se nos piden, previamente a su emisión. Su equivalente en portugués es deliberar; en inglés to deliberate; en francés deliberer, en alemán beraten y en italiano deliberare.

Desarrollo de Órgano Deliberante en este Contexto

Uno de los sinónimos que se emplean para referirse al parlamento, es el de órgano deliberante, en razón de la función deliberativa que desempeña. En ese sentido, en el parlamento, previamente a la toma de una determinación, se procede al análisis y evaluación del asunto de que se trate, ya sea a nivel de comisión, o durante su discusión en tribuna. El trabajo parlamentario en sus distintas facetas, requiere de la deliberación por parte de los legisladores, que en ocasiones se apoyan en especialistas de la materia, para ilustrarse y saber en qué dirección tomar una decisión. Es evidente que la deliberación ha de ser ordenada, minuciosa y real en cuanto al tema que se está discutiendo, a efecto, que al momento de legislar se elija la vía más adecuada a las circunstancias y realidades de un país. De ahí, que ha de haber la suficiente deliberación, tanto de parte de la mayoría como de la minoría, dándose por hecho la buena fe de todos los que intervienen, que el interés general esté por encima del interés particular; ya que, la decisión que adopten tendrá alguna repercusión que será valorada por la sociedad. De lo anterior, se desprende que al parlamento se le denomine órgano deliberante, ya que en virtud, de la trascendencia de los temas que conoce, se requiere de un conocimiento amplio, que pueda ser plasmado en algún ordenamiento jurídico. Dado que deliberar significa igualmente discernir acerca de la culpabilidad o no de una persona, es la acción que realizan los jurados y los jueces antes de dictar sentencia. Diversos autores, hablan de un poder deliberante y no de Poder Legislativo, como Maurice Hauriou, basándose en que la deliberación es su propia operación de voluntad que se manifiesta en los razonamientos y opiniones de los legisladores; y que, si se le denomina órgano legislativo se debe a su función de crear leyes, que no es la única.

Más Detalles

En México, las Cámaras del Congreso deliberan en sentido estricto, a través de sus comisiones jurisdiccionales en los procedimientos de juicio político y declaratoria de procedencia (desafuero), de acuerdo con el Título Cuarto de la Constitución General de la República y la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos (JAVIER OROZCO GÓMEZ)

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

BIDART CAMPOS, Germán, Derecho Político, Buenos Aires, 1962 DUVERGER, Maurice, Instituciones políticas y Derecho Constitucional, Ariel, Barcelona, 1992, 2a. reimp.

HAURIOU, Maurice, Derecho Constitucional, Ariel, Barcelona, 1990.

Recursos

Véase También

Bibliografía

BIDART CAMPOS, Germán, Derecho Político, Buenos Aires, 1962 DUVERGER, Maurice, Instituciones políticas y Derecho Constitucional, Ariel, Barcelona, 1992, 2a. reimp.

HAURIOU, Maurice, Derecho Constitucional, Ariel, Barcelona, 1990.

Deja un comentario