Pluralismo

Pluralismo en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Pluralismo

Pluralismo en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Descripción y Definición de Pluralismo

En el contexto del derecho mexicano sobre derechos humanos y no discriminación, lo siguiente es una introducción general breve sobre pluralismo: Término que designa una estructura que comprende varios órganos de dirección, varias instancias de representación o varios partidos políticos. El pluralismo está ligado a la tolerancia civil y a la aceptación de varias sectas e iglesias en un mismo Estado, donde el pluralismo no es causa de discordia o sedición, sino un factor de paz civil. Como tal, el pluralismo tiene un lugar dentro de la democracia liberal en tanto admite una pluralidad de instancias que ejercen el poder, así como una variedad de opiniones políticas. El pluralismo supone el debate público frente al poder del Estado de imponerse, lo que implica una concepción de neutralidad e imparcialidad del Estado (Saada_Gendrión).

Recursos

Véase También

  • Discriminación Social
  • Discriminación Laboral
  • Discriminación Racial

Recursos

Véase también

Pluralismo en el Contexto de la Gestión Pública y las Ciencias Políticas

Definición de Pluralismo publicada por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): En su sentido más amplio, el pluralismo significa la apertura y disponibilidad de confrontación hacia propuestas distintas a la propia, que se proponen para resolver problemas de interés general.

Concepto Alternativo de Pluralismo en este Ámbito

Sistema por el cual se acepta o reconoce la pluralidad de doctrinas o métodos en materia política, económica, etc.: el pluralismo político es imprescindible en los estados democráticos

Deja un comentario