Poder Legislativo y Política Criminal

Poder Legislativo y Política Criminal en México

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Visiones sobre Poder Legislativo y Política Criminal en el Derecho Penal

Publicados primero por el INACIPE, 2007:

Reflexión Crítica

LA IDEA de que los jueces hagan llegar sus opiniones por escrito al Poder Legislativo explicando, llegado el caso, los tropiezos que tienen con la ley —sobre todo a causa de una mala redacción que deriva en confusión para interpretarla y aplicarla—, permitiría que su experiencia y conocimiento directo de los asuntos se tomaran en cuenta para mejorar aquélla. No veo ninguna intervención de un Poder en otro. Se trataría de un mecanismo enriquecedor de la política criminal que, de acuerdo con nuestro sistema, opera en la legislación penal mexicana en los artículos concernientes a la individualización de las penas y al arbitrio judicial, y concretamente en los artículos 51 y 52 del Código Penal Federal. Quién como el juez para abarcar con su visión especializada el amplio campo en que se manifiesta la política criminal. Ahora bien, el Poder Legislativo debe tener siempre en cuenta los imperativos de la política criminal en el sentido de que la sola tipificación de los delitos, con las penas correspondientes, sirve de muy poco para enfrentar la criminalidad sin la presencia de aquélla. (Véase mi comentario respecto a «Readaptación social».) RAÚL CARRANCÁ Y RIVAS (Autor)

Reflexión Crítica

EL ORDEN político (que repercute en el jurídico) que establece la política criminal en la Federación o en un estado federado (en cumplimiento estricto de sus jurisdicciones respectivas) es el Poder Legislativo. Por encima de éste se encuentra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por encima de ésta el pueblo (artículo 39 constitucional). Una buena política criminal sólo puede persistir y rendir frutos sociales, si los tres poderes que integran la voluntad popular se reunifican bajo la identidad y la fuerza social del propio pueblo. JUVENTINO V. CASTRO Y CASTRO (Autor)

Reflexión Crítica

EL ESTADO adopta la política criminal para hacer cumplir su función en materia criminal, y tiene como objetivo primordial la lucha contra el delito para lograr la vida ordenada en una sociedad, actividad que realiza previniéndolo y/o reprimiéndolo, a través de una serie de medidas de seguridad o penas, ya sean de carácter económico o privativas de libertad. El Poder Legislativo es el órgano encargado de desarrollar y explicar el contenido de las leyes en materia criminal, para procurar una correcta interpretación del texto penal, con lo cual garantiza la seguridad jurídica y procura una administración de justicia igualitaria y justa. LUZ NÚÑEZ CAMACHO

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