Principio de Intervención Mínima en México en México
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Principio de intervención mínima en la Doctrina Mexicana
El Estado con la facultad que le fue asignada, de penar y proteger la humana convivencia, garantizando la paz social, en su función represiva y preventiva, debe hacer uso del Derecho Penal, cuando otros medios de control social de carácter no penal sean insuficientes; empero, sólo para proteger los bienes jurídicos más importantes y contra los ataques más insoportables o intolerables.
Gracias a este principio, el Derecho Penal es la última ratio legis o razón legal del Estado, para mantener el equilibrio social, ya que si abusara del Derecho Penal se entraría al llamado terror penal.
Libro fuente de la Definición anterior
Su Autor:
Eduardo López Betancourt
Recursos
Véase también (en general)
- Derecho mexicano del Trabajo
- Concepto de Derecho mexicano
- Clasificación del Derecho mexicano
- Principios Generales del Derecho mexicano
- Fuentes-del-Derecho-mexicano
- Derecho Penal mexicano
Bibliografía de Derecho Administrativo
- Gabino Fraga, Derecho administrativo
Eduardo López Betancourt