Unidad de Banca, Valores y Ahorro

Unidad de Banca, Valores y Ahorro (UBVA) en México

Depende del Secretario de Hacienda y Crédito Público, que a su vez forma parte de la estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Esta Unidad actúa como autoridad reguladora, coordinadora, supervisora y evaluadora en los aspectos normativos, corporativos y financieros de las instituciones de su competencia. Esta actuación tiene lugar de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. También lleva a cabo las actividades financieras, bancarias, crediticias, de valores, futuros, opciones y auxiliares del crédito (incluidas las sociedades financieras de objeto múltiple y de ahorro), con el objetivo de aunar «esfuerzos en el crecimiento de la economía nacional». Con el mismo fin, se ocupa asimismo de los asuntos referentes a la protección al ahorro bancario y crédito popular, así como de protección y defensa al usuario de servicios financieros, para consolidar el sistema financiero del Gobierno Federal.

Funciones de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro

Quizás una de las atribuciones más fundamentales de esta Unidad sea el formular (para su aprobación por el ente superior) las políticas necesarias para desarrollar:

  • las actividades financiera, bancaria, crediticia, de valores, derivados y los asuntos referentes a la protección al ahorro bancario, ahorro y crédito popular, de protección y defensa al usuario de servicios financieros;
  • las políticas públicas de educación e inclusión financiera;
  • la elaboración del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo y otros programas;
  • la formulación de propuestas que fomenten el ahorro interno y el desarrollo de fuentes de financiamiento, así como en la evaluación de la operación y desempeño de las entidades y materias de su competencia.

Otras funciones de la Unidad se detallan a continuación:

  • Interpretar para efectos administrativos las leyes o disposiciones financieras aplicables a las entidades sujetas a su regulación.
  • Ejercer atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico como coordinadora del sector de órganos desconcentrados y organismos descentralizados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
  • Ejercer atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico como coordinadora de las instituciones de banca múltiple en las que el Gobierno Federal tenga el control por su participación accionaria y proponer los lineamientos a que deberán sujetarse en materia de política, planes de largo plazo y programas de estas instituciones.
  • Representar a la Secretaría en la celebración de los convenios y contratos para el otorgamiento de mandatos públicos relacionados con los asuntos de su competencia, así como para modificar, finiquitar o rescindir dichos instrumentos.
  • Representar a la Secretaría en sus relaciones con el Banco de México en los asuntos de su competencia.
  • Ejercer las facultades relacionadas con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
  • Actuar como enlace entre la Secretaría, las dependencias, las entidades de la Administración Pública Federal y los organismos internacionales.
  • Intervenir en la obtención de información y documentación solicitada por las autoridades competentes de los países con los que se tengan celebrados convenios o tratados, en términos de la legislación aplicable.
  • Participar en la negociación de acuerdos y tratados que incluyan disposiciones en materia de servicios financieros, de protección al usuario de servicios financieros, y de educación e inclusión financiera.
  • Sancionar las infracciones cometidas a la normatividad aplicable a las entidades sujetas a su regulación, cuando dicha atribución se encuentre conferida a la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico.
  • Participar en la elaboración de instrumentos legales en materia financiera, bancaria, crediticia y de valores en términos de la normatividad aplicable.
  • Resolver previa autorización superior, las solicitudes de autorización o concesión para la constitución, organización, operación y funcionamiento de entidades sujetas a su regulación.
  • Autorizar, aprobar o en su caso tomar conocimiento de actos corporativos efectuados por alguna de las entidades sujetas a su regulación.
  • Apoyar y representar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico en comités y organismos nacionales e internacionales, así como en materia de identificación, evaluación, seguimiento de riesgos y vulnerabilidades para la estabilidad financiera global y local, y diseño de las medidas de política regulatoria que permitan reducir sus efectos.
    – Asistir a las distintas sesiones de los órganos de gobierno y grupos de trabajo de los órganos desconcentrados y de los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en los que, al efecto, su titular sea nombrado por el Secretario de Hacienda y Crédito Púbico.

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