Concesionario

Concesionario en México

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Concesionario en la Doctrina Mexicana

El concesionario es el propietario de los afectados a la explotación del servicio concesionado.

Libro fuente de la Definición anterior

Su Autor:

Gabino Fraga

El Concesionario en la Concesión de Servicio Público

En esta sección se ofrece una visión general del concesionario en la concesión de servicio público en el contexto del municipio en el derecho local mexicano. Tanto las físicas como las morales pueden ser concesionarias de , siempre y cuando satisfagan determinados requisitos, entre otros tener capacidad legal para obligarse, en el caso de las físicas, y, tratándose de personas morales, estar constituidas legalmente. En el catálogo de los del concesionario aparecen el de usar las y que el concedente debe poner a su disposición en los términos señalados en la ley y en la propia concesión, así como de disfrutar de las exclusividades previstas para el caso concreto. Salvo algún caso excepcional, al concesionario le anima en la operación del servicio la obtención de un lucro, de otra manera no arriesgaría su capital, su tiempo y su esfuerzo, por ello se le reconoce el derecho a obtener una utilidad justa y razonable, remuneradora de su actividad y riesgo, la que suele darse mediante el cobro de una cuota por el uso del servicio, en los términos de la aprobada para tal efecto por la ley o la concedente. Por cuanto ve a la nómina de las a cargo del concesionario, debe figurar en ella la de prestar el servicio de conformidad con los principios de generalidad, uniformidad, continuidad y regularidad, obligación que debe contemplarse en la ley y en la propia concesión, al igual que la de acatar las modificaciones a la normativa del servicio, realizadas legalmente por la concedente. Además, cuando la ley disponga la reversión, o si ésta se incluye como cláusula de la concesión, el concesionario está obligado a no gravar ni enajenar los bienes afectos a ella sin autorización de la concedente, a quien deberá entregarlos libres de todo gravamen, a su vencimiento. El incumplimiento de las del concesionario deberá traer aparejada la aplicación de en los términos previstos en la normativa correspondiente, que pueden incluir la caducidad de la concesión y la reversión de los bienes afectos a ella. [1]

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Notas y Referencias

  1. Información sobre el concesionario en la concesión de servicio público basada en la obra Municipales, de Jorge Fernández Ruiz (INAP, México, D.F.)

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Véase también (en general)

Bibliografía de Derecho Administrativo

Gabino Fraga

Concesionario

Concesionario en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

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Véase también

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