Acción Plenaria de Posesión

Acción Plenaria de Posesión en México

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Acción plenaria de posesión

Esta acción compete al adquirente con justo título y buena fe; tiene por objeto que se le restituya en la posesión definitiva de una cosa mueble o inmueble. Se da esta acción en contra del poseedor sin título, del poseedor de mala fe y del que tiene título y buena fe, pero una posesión menos antigua que la del actor. No procede esta acción en contra del legítimo dueño, o cuando el actor no tiene registrado su título tratándose de inmuebles y el demandado sí lo tiene, o bien, cuando las posesiones sean dudosas, de manera que no haya certeza respecto a la calidad de la posesión.

El artículo 9° del Código Procesal vigente señala estos requisitos para el ejercicio de la acción plenaria de posesión

Libro fuente de la Definición anterior

Compendio de derecho civil

Bienes, derechos reales y sucesiones

Su Autor:

Rafael Rojina Villegas

Definición y Carácteres de Acción Plenaria de Posesion en Derecho Mexicano

Concepto de Acción Plenaria de Posesion que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Alicia Elena Pérez Duarte) (También llamada publiciana por haber sido creada por un pretor público en época incierta.) Concedida al adquirente con justo título y de buena fe contra el poseedor de mala fe o contra el que teniendo algún título de igual calidad ha poseído por menos tiempo que el actor. El objetivo de dicha acción es la restitución de la cosa con sus frutos y accesiones y la declaración de que el actor tiene dominio sobre ella, aun cuando no haya transcurrido el término de la prescripción, en su caso (artículo 9 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal).

Recursos

Véase También

Bibliografía

Pallares, Eduardo, Derecho procesal civil; 6ª edición, México, Porrúa, 1976; Pallares, Eduardo, Tratado de las acciones civiles; 4ª edición, México, Porrúa, 1981.

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General de Derecho Civil

  • José Arce y Cervantes, De las sucesiones y De los bienes
  • Jorge Alfredo Domínguez Martínez, El fideicomiso
  • Luis Carral y de Teresa, Derecho notarial y Derecho registral
  • Rafael de Pina y José Castillo Larrañaga, Derecho procesal civil
  • Francisco Lozano Noriega, Cuarto curso de Derecho civil: contratos
  • Manuel Borja Soriano, Teoría general de las obligaciones
  • José Becerra Bautista, El proceso civil en México
  • Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho
  • Ramón Sánchez Medal, De los contratos civiles
  • Ignacio Galindo Garfias, Derecho civil: primer curso
  • Rafael Rojina Villegas, Compendio de Derecho civil

Rafael Rojina Villegas

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