Clonación y Tecnología Genética

Clonación y Tecnología Genética en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Visiones sobre Clonación y Tecnología Genética en el Derecho Penal

Reflexión Crítica

ACTUALMENTE el mundo comienza a conocer acerca de la clonación de órganos, sistemas, objetos, programas, por lo que es necesario analizar las diversas vertientes de la misma y, en su caso, establecer la normatividad y legislación correspondiente, ya que la clonación se está usando con fines criminales. Respecto a la tecnología genética, ésta ha tenido, en los últimos tiempos, un desarrollo muy importante, tanto en el ámbito clínico como en el forense, por lo que se ha convertido en uno de los medios de identificación más viables al permitir individualizar a un ser humano con una probabilidad cercana al 100%. La tecnología genética aplicada a la investigación de los delitos ha permitido lograr la identificación, con alta precisión, tanto de víctimas como de delincuentes.

En México, en la última década se han desarrollado diversos laboratorios en genética forense y se han formado expertos que actualmente auxilian a la procuración y administración de justicia en esta materia. En la Procuraduría General de la República se tiene un laboratorio que utiliza métodos modernos en Biología Molecular y, además, cuenta con un banco de datos genéticos que servirá de referencia para futuras identificaciones. A nivel nacional también existe un grupo de expertos que forman el Comité Nacional en Genética Forense, dedicado a la homologación de técnicas y procedimientos de investigación. Finalmente, es importante analizar la conveniencia de legislar al respecto, ya que hasta ahora no se tiene normatividad acerca de las pruebas de ADN, sobre todo en los procedimientos para obtener muestras humanas de las víctimas o de los presuntos responsables. MIGUEL ÓSCAR AGUILAR RUIZ (Autor)

Reflexión Crítica

¿EN QUÉ HABRÁN estado pensando quienes redactaron los artículos relativos al capítulo «Manipulación genética» del Código Penal del Distrito Federal? Castigar la investigación científica significa desalentarla: «No investigues», «no inviertas en tecnología», parecen decir nuestros legisladores a la comunidad científica de México. Independientemente de que pronto puedan crearse células madre a partir de la piel humana —así lo anuncian muchos científicos—, la legislación mexicana parece estar concebida para que los países donde la investigación no se sanciona, desarrollen nuevas tecnologías y las patenten para, luego, vendérnoslas a un precio altísimo. Mientras el Derecho Penal sea un obstáculo al desarrollo, México no podrá ser un país competitivo. GERARDO LAVEAGA (Autor)

Reflexión Crítica

EN MÉXICO es urgente resolver el atraso en su regulación legislativa y colocarse a la altura de los países del primer mundo. Dicho movimiento debe orientarse hacia el beneficio social en general, y no hacerlo sólo tributario del interés y provecho de los poderosos.

Tampoco debemos encausar nuestro esfuerzo a la obtención de una mayor rentabilidad o plusvalía a la explotación del trabajo asalariado, como ha acontecido con los avances en el conocimiento del genoma humano,empleado perversamente por algunas corporaciones para impedir el acceso laboral o excluir a los genéticamente proclives a las enfermedades incapacitantes. SALVADOR MAYA (Autor)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Reflexiones sobre clonación y tecnología genética publicados primero por el INACIPE, 2007

Deja un comentario