Constitución Política

Constitución Política en México

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Concepto de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Una definición de La Constitución Política de los Estados Unidos podría ser la siguiente: La Constitución Política de los Estados Unidos es la constitución vigente en México. Fue promulgada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917, en la ciudad de Querétaro, siendo el General don Venustiano Carranza el primer Presidente Constitucional del País. Su texto es la consagración de muchos postulados sociales de la Mexicana.

La Constitución de 1917 es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la con un catálogo de sociales, dos años antes que la Constitución alemana de Weimar (1919). El Día de la Constitución, 5 de febrero, es considerado como parte de las Fiestas Patrias en México, conmemorando la promulgación de las Constituciones de 1857 y 1917.

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Definición de Constitución Política

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Derecho Parlamentario

Concepto de constitución política de los estados unidos mexicanos en la práctica legislativa mexicana: Ley Suprema del sistema jurídico mexicano. Fue promulgada el 5 de febrero de 1917 por Venustiano Carranza en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro. Entró en vigor en mayo de ese mismo año.

La Constitución contiene los principios y objetivos de la nación. Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los de los individuos y las vías para hacerlos efectivos. Contiene 136 artículos y 19 transitorios, distribuidos en nueve : Título Primero.

Capítulo I. De los y sus .

Capítulo II. De los Mexicanos.

Capítulo III. De los Extranjeros.

Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos.

Título Segundo.

Capítulo I. De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno.

Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional.

Título Tercero.

Capítulo I. De la División de Poderes.

Capítulo II. Del Poder Legislativo.

Capítulo III. Del Poder Ejecutivo.

Capítulo IV. Del Poder Judicial.

Título Cuarto. De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de , y Patrimonial del Estado.

Título Quinto. De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México.

Título Sexto. Del Trabajo y de la Previsión Social.

Título Séptimo. Prevenciones Generales.

Título Octavo. De las Reformas de la Constitución.

Título Noveno. De la de la Constitución.

Recursos

Bibliografía

  • Manuales y tratados
  • «Burgoa, Ignacio. mexicano. México, Porrúa, 1979, 927 p.
    Campillo, Aurelio, Tratado elemental de mexicano, Jalapa, Veracruz, Tip. La Económica, 1928, 2 vols.. de 871 y 762 pp., respectivamente.
  • Carpizo, Jorge. La Constitución mexicana de 1917. México, UNAM, 1980, 315 p.
  • González Flores, Enrique. Derecho constitucional. México, Textos Universitarios, 1965, 212 p.
  • Herrera y Lasso, Manuel. Estudios de derecho constitucional. México, Editorial Polis, 1940, 270 p.; y Estudios constitucionales, segunda serie, México Editorial Jus, 1964, 322 p.»
  • Información sobre constitución política en «Lanz Duret, Miguel. Derecho constitucional mexicano, México Norgis Editores, 1959, 419 p.
  • Marquet Guerrero, Porfirio. La estructura constitucional del Estado mexicano. México, UNAM, 1975, 437 p.
  • Madrid Hurtado, Miguel de la. Estudios de derecho constitucional. México, UNAM, 1977, 167 p.
  • Moreno, Daniel. Derecho constitucional mexicano. México, Editorial Pax. 1973, 507 p.
    Ortiz Ramírez, Serafín. Derecho constitucional mexicano. México, Editorial , 1961, 628 p.»
  • «Schmill, Ulises. El sistema de la constitución mexicana. México, Textos Universitarios, 1971, 525 p.
  • Serna Elizondo, Enrique. y derecho constitucional. México, Textos Universitarios, 1979, 335 p.
  • Tena Ramírez, Felipe. Derecho constitucional mexicano. México, Porrúa, 1980.
  • Valencia Carmona, Salvador. Manual de derecho constitucional general y comparado. Xalapa, Veracruz, Universidad Veracruzana, 1976, 265 p.»

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1 comentario en «Constitución Política»

  1. todos los actos y hechos jurídicos son susceptibles el error, es decir que todo es falible, Los seres humanos no somos la excepción ni tampoco lo es la Constitución política hablando en sentido meta jurídico porque en un sentido jurídico pues la dogmática jurídica nos señala y determina que sea suprema y fundamental acorde a las teorías como la de Rousseau, Kelsen y Montesquieu por citar algunas, así las cosas que una vez declarados los derechos y reconocidos por los máximos ordenamientos jurídicos de una nación, siempre existe la posibilidad de que existan fallas o errores ya sea por técnica jurídica o antinomias dentro de la misma constitución política o ya sea por la administración que del derecho sustantivo hacen las autoridades en el ámbito de sus competencias o de sus incompetencias, así las cosas que incluyendo a las mentes maestras de la humanidad no se puede prever el error humano ni tampoco se puede prever la corrupción humana, para esto no sirve derecho procesal constitucional que sea dirigido en un intento digno plasmado dentro de la misma constitución para protegerse a sí misma de morir, de caer en la vulnerabilidad y dejar de ser parte de la vida Jurídica de una nación como ente rector, la necesidad ha obligado al constituyente y el constituyente permanente a idear estos mecanismos de restitución de el orden constitucional , diferentes unos entre otros de tradiciones jurídicas diferentes, ya sean de derecho común, ya sean de derecho civil pero siempre con la misma finalidad restauradora, y también las demás variables problemáticas de hipótesis que se presenten en la realidad, las violaciones de derechos humanos contenidos en la Constitución, sean violaciones interestatales del ámbito de sus competencias también previstos por la constitución, sean acciones para dejar insubsistente una ley que ya paso por un proceso legislativo y que es inconstitucional y que es contraria al sentir popular hablando con propiedad y no me refiero al populismo, la misión más importante de la constitución es preservar el estado, Y preservar el estado es sinónimo de mantener intocada la constitución, tan es así que el requisito de solemnidad en la toma de protesta del titular del poder ejecutivo en este país en su protesta le hace mencionar que protesta guardar y hacer guardar la Constitución política, que dato más interesante que este deberían de reservar todos los servidores públicos, desde el más humilde hasta el más encumbrado, poniendo en primer orden el interés del Estado al interés personal, así las cosas que en el momento en que la ley por la situación que sea se ve rebasada por un atropello de inconstitucionalidad, pronto nos damos cuenta del importancia del derecho procesal constitucional porque es el camino y el mecanismo de restitución de garantías, Cabe decirlo que en ese momento las leyes vulneradas se volvieron como las solamente buenas intenciones del legislador Y nuestra disciplina del derecho constitucional abarca mucho más allá que los derechos humanos solamente, abarca mucho más allá que las acciones de inconstitucionalidad y las cuestiones de interpretación las clasificaciones Del tipo de órgano si es político o es judicial y el tipo de control si es difuso o es abstracto Y aún las sub clasificaciones positivas y doctrinas, are suscrito lo más importante es generar una conciencia en el individuo, una vinculación efectiva entre el individuo como miembro de la colectividad y el Estado y su ley donde esa vinculación generará el amor y el respeto por la ley y eso nos librará de muchas problemáticas sociales, ese es el fin último de nuestra materia conocer el derecho constitucional y valorar la ley suprema y fundamental del Estado mexicano, sumarnos a la tarea del presidente de la República y también prometernos guardar y hacer guardar la Constitución política, para hacerle justicia a los humanistas y a los positivistas, a los procesa listas ya los grandes hombres de las ciencias sociales, a quienes lucharon por obtener los derechos que hoy tenemos reconocidos como inalienables entre otros y que en sentido de verdadera valoración lo menos y lo más sencillo que podemos hacer habiendo nacido ya en una época con mayores privilegios e igualdad y libertad que la que les tocó vivir a nuestros padres fundadores y a las sociedades anteriores que nos legaron este sistema de derecho, más sencillo que podemos hacer es preservar el orden constitucional y que no quede en nosotros rayo te fatiga para luchar por las garantías que nuestros antepasados tanto esfuerzo y sacrificio les acostada, para hacer de México una nación con igualdad y con libertad en la que solamente distinga a los unos de los otros sus vicios y sus virtudes, que no se quede la ley en buenas intenciones, que sepamos usar los mecanismos de control constitucional que la misma constitución nos ha prescrito.

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