Tabla de Contenidos
- 1 Ejecutoria en México en México
- 1.1 Introducción a Ejecutoria
- 1.2 Definición de Ejecutoria
- 1.3 Más sobre Ejecutoria
- 1.4 Sistemas Legales Latinoamericanos
- 1.5 Otras Referencias Jurídicas
- 1.6 Ejecutoria
- 1.7 Definición y Carácteres de Ejecutoria en Derecho Mexicano
- 1.8 Véase También Cosa Juzgada, Ejecución de Sentencia, Juicio Ejecutivo, Vía de Apremio. Concepto de Ejecutoria
- 1.9 Recursos
- 1.10 Recursos
- 1.11 Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en la Enciclopedia Jurídica Mexicana
Ejecutoria en México en México
Introducción a Ejecutoria
Definición de Ejecutoria
Ver el significado de Ejecutoria en el Diccionario Jurídico
Más sobre Ejecutoria
Ver la abreviatura de Ejecutoria en el Diccionario de Abreviaturas Jurídicas
Sistemas Legales Latinoamericanos
Puede encontrar información sobre Ejecutoria en algunos de los siguientes sistemas jurídicos:
Recurso | Sistema Legal |
---|---|
Ejecutoria | Ejecutoria en Argentina, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Bolivia, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Brasil, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Chile, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Colombia, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Costa Rica, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Cuba, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Ecuador, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en El Salvador, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en España, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Guatemala, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Honduras, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Mexico, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Nicaragua, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Panamá, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Paraguay, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Perú, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Puerto Rico, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en República Dominicana, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Uruguay, Sistema Legal |
Ejecutoria | Ejecutoria en Venezuela, Sistema Legal |
Otras Referencias Jurídicas
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Recurso | Descripción |
---|---|
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Ejecutoria
Ejecutoria en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
Definición y Carácteres de Ejecutoria en Derecho Mexicano
Concepto de Ejecutoria que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por José Ovalle Favela) En los ordenamientos procesales civiles mexicanos se suele regular la sentencia firme como «sentencia ejecutoria». Así el artículo 426 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal establece que «hay cosa juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria». De acuerdo con este precepto y con el 427, las resoluciones judiciales pueden «causar ejecutoria» de dos maneras: por ministerio de ley, es decir, por efecto de la sola disposición legislativa – sin necesidad de ninguna instancia ni declaración -, y por declaración judicial. Sin embargo, se debe aclarar que, regularmente, las hipótesis que prevén como situaciones en las que la sentencia adquiere firmeza «por misterio de ley», admiten normalmente la impugnación por medio del juicio de amparo, por la que en rigor la firmeza no se alcanza sino hasta que se resuelve éste o precluye el plazo de su interposición. En cambio, esta firmeza si se produce generalmente en los casos en que se prevé que las resoluciones judiciales «causan ejecutoria» por declaración judicial, en los cuales se torna improcedente el juicio de amparo. Por esta razón, los Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de los estados de Sonora, Morelos y Zacatecas (que siguen al anteproyecto del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de 1948) sólo regulan, con acierto, los casos en los que las sentencias devienen firmes o ejecutorias «por declaración judicial». Al incidente en el que se tramita esta declaración, se le suele denominar «ejecutorización de sentencia».
Más Detalles
En la Ley de Amparo la expresión «sentencia ejecutoria» se ha llegado a cambiar por el de sólo «ejecutoria», para aludir precisamente a las sentencias pronunciadas por los Tribunales Colegiados de Circuito y por la Suprema Corte de Justicia, en los juicios de amparo directo, que ya no admiten posterior impugnación. Conviene aclarar, sin embargo, que también las sentencias pronunciadas por los jueces de distrito en los juicios de amparo indirecto, pueden obtener la cualidad de ejecutorias o firmes, cuando no se interponga contra ellas el recurso de revisión. Así lo ha reconocido la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia: «Las sentencias de los Jueces de Distrito, que no son recurridas en revisión, causan ejecutoria…» (Semanario Judicial de la Federación, tomo XXI, página 1354)