Limitaciones Al Derecho De Autor

Limitaciones Al Derecho De Autor en México

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Limitaciones al derecho de autor en la Doctrina Mexicana

Por limitaciones al derecho de autor debe entenderse un conjunto de normas jurídicas imperativas que: suspenden, disminuyen o establecen libertad de uso y reproducción de cierto género de obras literarias y artísticas, así como de derechos conexos, en beneficio de la educación y cultura de la nación, así como medios de regulación del mercado de bienes y servicios culturales. Todo ello a partir de la naturaleza jurídica de los derechos de autor, que deben considerarse como privilegios concedidos por la voluntad soberana del Estado, y que cumplen con una función social específica dentro de la vida de la comunidad.

Las limitaciones a los derechos de autor responden sólo al sentido patrimonial de los mismos, en ningún caso pueden referirse a derechos morales; las limitaciones se refieren tanto a los derechos patrimoniales de los autores, de los titulares de los derechos conexos y de sus causahabientes. En el fondo de las limitaciones que la ley impone se encuentran razones de utilidad pública, otras razones que hacen posible la administración de los derechos autorales o bien se refieren a la naturaleza de los derechos limitados.

Libro fuente de la Definición anterior

Marco Jurídico del Derecho de Autor en México

Su Autor:

Fernando Serrano Migallón

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General

  • Luis Recasens Siches, Tratado general de filosofía del Derecho
  • Felipe Tena Ramírez, Derecho constitucional mexicano
  • Manuel Borja Soriano, Teoría general de las obligaciones
  • José Becerra Bautista, El proceso civil en México
  • Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho
  • Jorge Carpizo McGregor, La Constitución mexicana de 1917
  • Gabino Fraga, Derecho administrativo
  • Mario de la Cueva y de la Rosa, El nuevo Derecho mexicano del trabajo
  • Ramón Sánchez Medal, De los contratos civiles
  • Ignacio Galindo Garfias, Derecho civil: primer curso
  • Rafael Rojina Villegas, Compendio de Derecho civil

Fernando Serrano Migallón

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