Negligencia

Negligencia en México

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Negligencia en la Doctrina Mexicana

Que es la irregularidad del prestador de servicios de atención médica, quien, conociendo los procedimientos que resultan convenientes para el diagnóstico o tratamiento del paciente, por indolencia, desidia, descuido, despreocupación u olvido, omite efectuarlos, ocasionando resultados desfavorables en la salud y/o la vida del enfermo. En el caso del perito médico Legista o Forense, se observa, cuando por las causas mencionadas, no efectúan el estudio integral del caso, repercutiendo en una opinión deficiente, incompleta o no fundamentada.

Libro fuente de la Definición anterior

Procedimiento pericial médico-forense

Su Autor:

Ismael García Garduza

Negligencia (en Derecho Procesal Civil)

Definición de Negligencia en este contexto: Esos efectos se resuelven en consideraciones jurídicas de diverso orden. Así; en la esfera de Derecho sustancial, por lo general significan extinción de derechos o un determinado grado de responsabilidad; en el ámbito de Derecho procesal se resuelven en decaimiento o pérdida de las facultades concedidas por la ley ritual que impide la prosecución de una actividad determinada en el ámbito del proceso.

Negligencia (en Derecho Procesal Civil)

Definición de Negligencia en este contexto: Esos efectos se resuelven en consideraciones jurídicas de diverso orden. Así; en la esfera de Derecho sustancial, por lo general significan extinción de derechos o un determinado grado de responsabilidad; en el ámbito de Derecho procesal se resuelven en decaimiento o pérdida de las facultades concedidas por la ley ritual que impide la prosecución de una actividad determinada en el ámbito del proceso.

Concepto de Negligencia

Definición de negligencia en el contexto del derecho mexicano: Descuido, desgana o falta de atención en el cumplimi ento de las obligaciones o en el ejercicio de los derechos.

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía de Derecho Penal

  • Cipriano Gómez Lara, Teoría general del proceso
  • Raúl Carrancá y Trujillo, Código penal anotado

Ismael García Garduza

Negligencia

Negligencia en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Recursos

Véase también

Negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia

Negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Recursos

Véase también

Otras búsquedas sobre los Delitos en la Enciclopedia Jurídica Mexicana

Otras entradas relacionadas con Negligencia en la sección sobre los Delitos pueden ser las siguientes:

  • Necesidad racional del medio empleado
  • Natalidad
  • Narcóticos
  • Mutilación
  • Muerte

Otras búsquedas sobre el Derecho Procesal (en General) en la Enciclopedia Jurídica Mexicana

Otras entradas relacionadas con Negligencia en la sección sobre el Derecho Procesal General pueden ser las siguientes:

  • Medios de prueba
  • Medidas para mejor proveer
  • Medidas cautelares
  • Martilleros
  • Mandato judicial

Negligencia en el Contexto de la Gestión Pública y las Ciencias Políticas

Definición de Negligencia publicada por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Descuido, omisión o falta de aplicación.

Concepto Alternativo de Negligencia en este Ámbito

Todo acto ilícito que perjudica a otro, bien sea en la ejecución de un contrato o sin que exista ligamen contractual se denomina culpa. La culpa tiene dos significados: uno amplísimo que comprendería el dolo y el delito y otro estricto que equivaldría a falta de diligencia. Desde el punto de vista del derecho civil la culpa equivale a una falta de diligencia bien que proceda de un hecho o de una omisión. Entendemos por diligencia el deber que tienen todos los hombres de evitar el daño usando todos los medios posibles; negligencia es no poner esos medios en la práctica aun sin intención de perjudicar y custodia es una forma especial de diligencia que consiste en el cuidado que debe ponerse en conservar la cosa ajena.

Negligencia en el Derecho Civil Mexicano

Concepto de Negligencia publicado por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Omisión de la diligencia o cuidado.

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