Organismos Fiscales Autónomos en México
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Organismos fiscales autónomos en la Doctrina Mexicana
Se llaman organismos fiscales autónomos a los organismos públicos descentralizados que tienen el carácter de autoridades fiscales para la realización de sus atribuciones.
Tiene carácter de organismo fiscal autónomo el Instituto Mexicano del Seguro Social, por expresa designación de la ley respectiva (Art. 268) y de que le corresponde la determinación de los créditos y de las bases para su liquidación, que le corresponden como aportes, intereses moratorios y capitales constitutivo.
Libro fuente de la Definición anterior
Libro
Derecho financiero mexicano
Su Autor:
Sergio Francisco de la Garza
Recursos
Véase también (en general)
- Derecho mexicano del Trabajo
- Concepto de Derecho mexicano
- Clasificación del Derecho mexicano
- Principios Generales del Derecho mexicano
- Fuentes-del-Derecho-mexicano
- Derecho Penal mexicano
Bibliografía de Derecho Administrativo
- Gabino Fraga, Derecho administrativo
Sergio Francisco de la Garza
Buena información, resumida pero muy completa. Gracias.