Requisitos de la Demanda en Materia Laboral

Requisitos de la Demanda en Materia Laboral en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir una demanda en materia laboral?

La Ley Federal del Trabajo, en cuanto a los requisitos de forma, establece en su artículo 687 que en las comparecencias, escritos, promociones o alegaciones, no se exigirá forma determinada, pero las partes deberán precisar los puntos petitorios. La propia ley hace referencia a las demandas, al señalar las condiciones específicas de cada una de ellas en los procedimientos ordinarios, especial y económico de naturaleza colectiva.

De esta manera, en términos generales, se pueden destacar los siguientes requisitos que habrán de contener las demandas laborales:

a) Determinación de la Junta competente; es decir, el documento deberá estar dirigido a la autoridad que deba conocer del asunto por estar dentro de su campo de atención, conforme a la ley.

b) Determinación del domicilio del actor, porque para la autoridad es importante saber dónde lo puede localizar, en caso de que tenga que enviarle algún documento relacionado con su asunto o para citarlo a comparecer.

c) Determinación del nombre y domicilio del demandado, para que la autoridad pueda emplazarlo o llamarlo a juicio y aquél tenga la oportunidad de contestar la demanda y defenderse.

Más sobre esta Cuestión relacionada con Los Requisitos que Debe Cumplir Una Demanda en Materia Laboral

Cuando se trate de una demanda hecha por un trabajador:

a) Nombre del patrón o la denominación o razón social de donde labora o laboró y, en caso de ignorarlos, la precisión, por lo menos, del domicilio de la empresa, establecimiento, oficina o lugar en donde prestó o presta el trabajo, así como la actividad que desarrolla el patrón.

b) Designación de un representante común, cuando dos o más personas ejerzan la misma acción.

c) Determinación de las prestaciones que deriven de las acciones intentadas o procedentes, conforme a los hechos expuestos, lo que supone un capítulo de hechos y uno de peticiones, es decir, una parte que contenga el relato de todos los antecedentes relacionados con el conflicto y otra en la que se precisen los puntos concretos que el demandante desea satisfacer.

d) El nombre y domicilio del que promueve y los documentos que justifiquen su personalidad.

e) En los conflictos colectivos de naturaleza económica, en donde el planteamiento tiene por objeto la modificación o implantación de nuevas condiciones de trabajo, o bien, la suspensión o terminación de las relaciones laborales, la ley establece que la demanda debe ser por escrito y contener una exposición de los hechos que dieron origen al conflicto y las pretensiones del promovente, con claridad en la expresión de lo que se pide. La finalidad perseguida es que la autoridad, al enterarse del contenido de la demanda, sepa de manera precisa qué acontecimientos se relacionan con el conflicto y qué es lo que desea obtener el demandante.

Recursos

Notas

  1. Descripción y/o definición relacionada con los requisitos que debe cumplir una demanda en materia laboral procedente del Manual del Justiciable de la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, México, 2003

Véase También

Bibliografía

  • CAVAZOS FLORES, Las 500 preguntas más usuales sobre temas laborales, 3a. ed., México, Editorial Trillas, 2001.
  • Ley del Seguro Social
  • INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada y Concordada, t. IV, 15a. ed., México, Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM/Editorial Porrúa, 2000.
  • Reglamento Interior de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
  • Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Deja un comentario