Término de Cumplimiento de las Sentencias de Amparo

Término de Cumplimiento de las Sentencias de Amparo en México

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¿En qué término debe cumplirse la sentencia?

De conformidad con los artículos 104 y 105 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, luego que cause ejecutoria la sentencia en que se concede el amparo, o que se reciba testimonio de la ejecutoria dictada en revisión, la autoridad que hubiese conocido del juicio la debe comunicar por oficio y sin demora a la autoridad responsable para su cumplimiento.

La autoridad responsable debe, entonces, dar cumplimiento a la ejecutoria dentro de las veinticuatro horas siguientes, si la naturaleza del acto lo permite o, en su defecto, es decir, si no lo permite, en el término referido debe poner en vías de ejecución la ejecutoria.

Otros Aspectos de Término de Cumplimiento de las Sentencias de Amparo

Finalmente, en cuanto al término con que cuentan las autoridades para dar cumplimiento a las sentencias de amparo cabe señalar que cuando el acto reclamado lo constituye un acto jurisdiccional los Tribunales de la Federación han señalado que, toda vez que en la ley de la materia no se contempla este supuesto, debe concluirse que el cumplimiento referido constreñirá a la autoridad judicial de inmediato a dejar sin efectos ese acto en el término de veinticuatro horas, y que deberá sujetarse para el dictado de la nueva resolución al plazo y forma que señale la ley procesal que lo rija, cuestión ésta que se corrobora con el siguiente criterio jurisprudencial:

… tratándose de actos de autoridad jurisdiccional el plazo de veinticuatro horas regulado en los artículos señalados es únicamente para que de inmediato se deje insubsistente el acto reclamado, mientras que el pronunciamiento de la nueva sentencia o resolución en la que se purgue la violación que dio lugar a la concesión, debe hacerse dentro del plazo legal que para tal efecto le conceda la ley procesal que rija su actuación.[119] (1)

Recursos

Notas y Referencias

  • Texto sobre término de cumplimiento de las sentencias de amparo basado en el «Manual del justiciable en materia de amparo», del Poder Judicial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, 2009
  • 119 Tesis I.3o.C. J / 52, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXVIII, agosto de 2008, p. 859.

Bibliografía

  • ARELLANO GARCÍA, Carlos, El juicio de amparo, 6a. ed., México, Porrúa, 2001.
  • BURGOA, Ignacio, Diccionario de derecho constitucional, garantías y amparo, México, Porrúa, 1984.
  • CHÁVEZ CASTILLO, Raúl, El ABC del juicio de amparo, México, Porrúa, 2002.
  • ESQUINCA MUÑOA, César, El juicio de amparo directo en materia de trabajo, México, Porrúa, 2006.
  • GONZÁLEZ LLANES, Mario Alberto, Manual sobre el juicio de amparo, México, ISEF, 2004.
  • REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la Lengua Española, 22a. ed., Madrid, Espasa Calpe, 2001.
  • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, La audiencia constitucional en el amparo, Colección Figuras procesales constitucionales, núm. 2, México, SCJN, 2005.

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