Tratado en México en México
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Tratado en la Legislación Mexicana
Artículo 2o.Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
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En relación al Derecho de los Tratados
El art. 2 de la Ley sobre la Celebración de Tratados (Internacionales) de 1992 define este término de la siguiente forma: el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de derecho internacional público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos. De conformidad con la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados deberán ser aprobados por el Senado y serán Ley Suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución.