Unidad de Asuntos Internacionales de Hacienda

Unidad de Asuntos Internacionales de Hacienda (UAIH) en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»] Está subordinada a la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, que a su vez depende jerárquicamente del Secretario de Hacienda y Crédito Público, que a su vez forma parte de la estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Esta Unidad hace esfuerzos para contribuir en la formulación e instrumentación de la política de la hacienda pública de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fortaleciendo sus vínculos con el exterior e incidiendo en la construcción de un orden económico y financiero internacional más equitativo y estable. También lleva a cabo actuaciones de instrumentalización de la política de la hacienda pública de la Secretaría, mediante la obtención y facilitación de beneficios financieros y técnicos que impulsen el desarrollo nacional en beneficio de la sociedad mexicana.

Funciones de la Unidad de Asuntos Internacionales de Hacienda

  • Conducir la estrategia de política hacendaria hacia el exterior.
  • Articular el posicionamiento del país en foros y organismos internacionales de modo consistente.
  • Impulsar iniciativas hacendarias que favorezcan en el alcance de las prioridades nacionales.
  • Impulsar las prioridades de la hacienda pública, utilizando herramientas y mecanismos disponibles en el ámbito internacional, así como adoptando posiciones y directrices de participación en dicho ámbito y en relación al ejercicio de los derechos de membresía del Gobierno Federal en foros y organismos financieros internacionales (incluyendo fondos y mecanismos de cooperación internacional), así como en los comités relacionados a ellos.
  • Coordinar la relación y actividades en México con agencias, fondos y organismos internacionales o filiales.
  • Diseñar, negociar y, cuando corresponda, suscribir, en el ámbito de su competencia, acuerdos, financiamientos y convenios de cooperación financiera y técnica, así como instrumentar y dar seguimiento a los mismos, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras unidades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Identificar y promover, en el ámbito de su competencia, oportunidades de desarrollo para empresas mexicanas en los foros e instituciones financieras internacionales, en bancos regionales de desarrollo, fondos, foros financieros internacionales y organismos multilaterales de cooperación económica, y otros foros e instituciones similares para fortalecer el desarrollo de México.
  • Negociar, en el ámbito de su competencia, los montos de las cuotas, aportaciones y suscripciones que se deriven de la participación de la Secretaría en organismos y foros de cooperación internacional.
  • Proteger los derechos accionarios de México en organismos y foros de cooperación  internacional.
  • Designar,  previo acuerdo superior, a los mandatarios, comisionistas, agentes financieros, fiduciarios o intermediarios financieros, que ejecutarán la negociación, contratación, administración o gestión financiera de las actividades a las que se hace referencia en las fracciones X, XI. ter, XII, XIII, XIV y XV del artículo 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Representar a la Secretaría en temas de servicios financieros en los tratados de libre comercio suscritos por México.
  • Ser partícipe de la negociación de tratados y acuerdos internacionales (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) sobre servicios financieros.
  • Asegurar el cumplimiento y funcionamiento adecuado de los tratados de libre comercio y la de servicios financieros en los ámbitos de competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Sugerir y, en su caso, emitir la opinión de las solicitudes de inversión extranjera presentadas a la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
  • Asesorar en el análisis del ejercicio y seguimiento de los programas y proyectos vinculados a crédito externo, así como de las nuevas propuestas de programas y proyectos que se pretendan vincular a crédito externo y que requieran de la previsión de recursos presupuestales así como asegurar su adecuada ejecución.
  • Participar en el Comité de Crédito Externo, cuando sea perceptivo, en coordinación con las unidades administrativas competentes.

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