Plan Nacional de Desarrollo Urbano

Plan Nacional de Desarrollo Urbano en México

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Plan Nacional de Desarrollo Urbano en la Actividad de la Administración Publica

La presente sección analiza plan nacional de desarrollo urbano en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a plan nacional de desarrollo urbano. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de plan nacional de desarrollo urbano y la .

Plan Nacional de Desarrollo Urbano en la Planeación Institucional

En 1976, fue reformado el párrafo tercero del artículo 27 y adicionadas las fracciones XXIX – C del artículo 73 y IV y V del artículo 115 de la Constitución.

Las modificaciones concedieron a la nación el derecho de dictar para ordenar los asentamientos humanos y establecer provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; facultaron al Congreso de la Unión para dictar leyes que establecieran la concurrencia de la Federación, Estados y municipios en materia de asentamientos humanos; y reconocieron a los Estados y municipios competencia para expedir leyes y disposiciones administrativas en este mismo renglón. Además, se reguló constitucionalmente el fenómeno de las conurbaciones entre centros urbanos situados en el territorio de dos o más Estados, disponiéndose que tanto la Federación como los Estados y municipios respectivos, planearían y ordenarían conjuntamente el desarrollo de esos centros.

Más sobre Plan Nacional de Desarrollo Urbano

Un año más tarde fue creada la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas encargada de formular y conducir la política de asentamientos humanos en el país. Por decreto presidencial, en junio de 1977, surgió la Comisión Nacional de Desarrollo Urbano cuyas funciones son las de definir y proponer acciones e inversiones a corto, mediano y largo plazo susceptibles de ser integradas al Plan Nacional de Desarrollo Urbano y, sugerir al Ejecutivo Federal la celebración de convenios con los Estados y municipios, a fin de garantizar el cumplimiento de las metas de este Plan.

El acelerado crecimiento demográfico, el tránsito migratorio del campo a las ciudades y la desordenada distribución de la población en el territorio nacional, son condicionantes de la acción reguladora de la administración pública en esta materia.

Desarrollo

Publicado el decreto que lo aprobó el 19 de mayo de 1978, el Plan Nacional de Desarrollo Urbano se plantea como objetivos: racionalizar la distribución en el territorio nacional, de las actividades económicas y de la población, localizándolas en las zonas de mayor potencial; promover el desarrollo integral y equilibrado de los centros urbanos; propiciar condiciones favorables para que la población pueda resolver sus necesidades de suelo urbano, vivienda, servicios públicos, infraestructura y equipamiento urbanos; y mejorar y preservar el ambiente que conforman los asentamientos humanos.

El cumplimiento de estos objetivos se regulará conforme a las políticas principales diseñadas por el PNDU:

—Política de ordenación del territorio:

1. Desalentar el crecimiento de la zona metropolitana, promoviendo que los usuarios paguen el costo real de los servicios públicos; regulando en la zona el establecimiento de ; desconcentrando territorialmente la administración pública federal y las de educación superior.

2. Inducir el crecimiento de ciudades medias con potencial de desarrollo socioeconómico, dotándolas de planes de desarrollo urbano, auspiciando en ellas el otorgamiento de créditos para actividades productivas y fomentado la localización de establecimientos industriales; equipándolas con servicios educativos de nivel medio y superior y con servicios asistenciales; y, fortaleciendo los programas de construcción de viviendas y de infraestructura y equipamiento.

3. Desconcentrar la industria, los servicios públicos y diversas actividades a cargo del sector privado, orientándolas a zonas prioritarias mediante un sistema tarifario diferencial en el costo de los servicios y la modificación en la política de incentivos y estímulos fiscales.

4. Promover el transporte y la comunicación interurbana, propiciando que las carreteras vinculen a las ciudades con servicios regionales localizadas en el Golfo de México, con las del Pacífico y fomentando la construcción de redes alimentadoras, de caminos vecinales y de mano de obra que faciliten el acceso a ciudades medias.

Detalles

Políticas para el desarrollo urbano de los centros de población:

1. De impulso, para concentrar gran parte de los destinados al desarrollo urbano, en un número de centros de población estratégicos.

2. De consolidación, aplicables en centros de población cuyo nivel actual sólo requiere un ordenamiento de su estructura a fin de prevenir probables efectos negativos de la concentración, sin afectar su dinámica actual.

3. De ordenamiento y regulación, suponen la disminución del ritmo de crecimiento urbano.

4. Específicas para los centros de población rural.

—Políticas que se relacionan con los elementos, componentes y acciones del Sector Asentamientos Humanos: Reservas territoriales para asentamientos humanos, suelo urbano, vivienda, equipamiento, infraestructura y servicios urbanos, ecología, prevención y atención de emergencias, y participación de la comunidad en el desarrollo urbano.

Algunas Cuestiones

el PNDU define diez zonas consideradas como prioritarias por su capacidad de absorción de población, su ubicación frente a los naturales y por su pronóstico favorable de generación de empleos. De igual manera, establece tres zonas de ordenamiento y regulación que son: la zona conurbada del Centro del país, la zona metropolitana de Monterrey y la zona metropolitana de Guadalajara.

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Plan Nacional de Desarrollo Urbano en la Actividad de la Administración Publica

La presente sección analiza plan nacional de desarrollo urbano en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a plan nacional de desarrollo urbano. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de plan nacional de desarrollo urbano y la Actividad de la Administración Publica .

Plan Nacional de Desarrollo Urbano en la Planeación Institucional

En 1976, fue reformado el párrafo tercero del artículo 27 y adicionadas las fracciones XXIX – C del artículo 73 y IV y V del artículo 115 de la Constitución.

Las modificaciones concedieron a la nación el derecho de dictar para ordenar los asentamientos humanos y establecer provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; facultaron al Congreso de la Unión para dictar leyes que establecieran la concurrencia de la Federación, Estados y municipios en materia de asentamientos humanos; y reconocieron a los Estados y municipios competencia para expedir leyes y disposiciones administrativas en este mismo renglón. Además, se reguló constitucionalmente el fenómeno de las conurbaciones entre centros urbanos situados en el territorio de dos o más Estados, disponiéndose que tanto la Federación como los Estados y municipios respectivos, planearían y ordenarían conjuntamente el desarrollo de esos centros.

Más sobre Plan Nacional de Desarrollo Urbano

Un año más tarde fue creada la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas encargada de formular y conducir la política de asentamientos humanos en el país. Por decreto presidencial, en junio de 1977, surgió la Comisión Nacional de Desarrollo Urbano cuyas funciones son las de definir y proponer acciones e inversiones a corto, mediano y largo plazo susceptibles de ser integradas al Plan Nacional de Desarrollo Urbano y, sugerir al Ejecutivo Federal la celebración de convenios con los Estados y municipios, a fin de garantizar el cumplimiento de las metas de este Plan.

El acelerado crecimiento demográfico, el tránsito migratorio del campo a las ciudades y la desordenada distribución de la población en el territorio nacional, son condicionantes de la acción reguladora de la administración pública en esta materia.

Desarrollo

Publicado el decreto que lo aprobó el 19 de mayo de 1978, el Plan Nacional de Desarrollo Urbano se plantea como objetivos: racionalizar la distribución en el territorio nacional, de las actividades económicas y de la población, localizándolas en las zonas de mayor potencial; promover el desarrollo integral y equilibrado de los centros urbanos; propiciar condiciones favorables para que la población pueda resolver sus necesidades de suelo urbano, vivienda, servicios públicos, infraestructura y equipamiento urbanos; y mejorar y preservar el ambiente que conforman los asentamientos humanos.

El cumplimiento de estos objetivos se regulará conforme a las políticas principales diseñadas por el PNDU:

—Política de ordenación del territorio:
1. Desalentar el crecimiento de la zona metropolitana, promoviendo que los usuarios paguen el costo real de los servicios públicos; regulando en la zona el establecimiento de ; desconcentrando territorialmente la administración pública federal y las de educación superior.
2. Inducir el crecimiento de ciudades medias con potencial de desarrollo socioeconómico, dotándolas de planes de desarrollo urbano, auspiciando en ellas el otorgamiento de créditos para actividades productivas y fomentado la localización de establecimientos industriales; equipándolas con servicios educativos de nivel medio y superior y con servicios asistenciales; y, fortaleciendo los programas de construcción de viviendas y de infraestructura y equipamiento.
3. Desconcentrar la industria, los servicios públicos y diversas actividades a cargo del sector privado, orientándolas a zonas prioritarias mediante un sistema tarifario diferencial en el costo de los servicios y la modificación en la política de incentivos y estímulos fiscales.
4. Promover el transporte y la comunicación interurbana, propiciando que las carreteras vinculen a las ciudades con servicios regionales localizadas en el Golfo de México, con las del Pacífico y fomentando la construcción de redes alimentadoras, de caminos vecinales y de mano de obra que faciliten el acceso a ciudades medias.

Detalles

Políticas para el desarrollo urbano de los centros de población:

1. De impulso, para concentrar gran parte de los recursos destinados al desarrollo urbano, en un número de centros de población estratégicos.
2. De consolidación, aplicables en centros de población cuyo nivel actual sólo requiere un ordenamiento de su estructura a fin de prevenir probables efectos negativos de la concentración, sin afectar su dinámica actual.
3. De ordenamiento y regulación, suponen la disminución del ritmo de crecimiento urbano.
4. Específicas para los centros de población rural.

—Políticas que se relacionan con los elementos, componentes y acciones del Sector Asentamientos Humanos: Reservas territoriales para asentamientos humanos, suelo urbano, vivienda, equipamiento, infraestructura y servicios urbanos, ecología, prevención y atención de emergencias, y participación de la comunidad en el desarrollo urbano.

Algunas Cuestiones

el PNDU define diez zonas consideradas como prioritarias por su capacidad de absorción de población, su ubicación frente a los recursos naturales y por su pronóstico favorable de generación de empleos. De igual manera, establece tres zonas de ordenamiento y regulación que son: la zona conurbada del Centro del país, la zona metropolitana de Monterrey y la zona metropolitana de Guadalajara. [1]

Recursos

Notas

  1. Información sobre plan nacional de desarrollo urbano en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Emilio Chuayffet Chemor, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Acosta Romero, Miguel, Teoría general del ; 2a. ed., México, UNAM, 1975.
    Carrillo Flores, Antonio, La justicia federal y la administración pública; 2a. ed., México, Porrúa, 1973.
    Carrillo Flores, Antonio, «La evolución del mexicano en el », LXXV años de evolución jurídica en el mundo, vol. VI, Derechos constitucional y administrativo, México, UNAM, 1980.
    Fraga, Gabino, Derecho administrativo; 17a. ed., México, Porrúa, 1977.
    Nava Negrete, Alfonso, administrativo; prólogo de Andrés Serra Rojas, México, Porrúa, 1959.

Recursos

Notas

  1. Información sobre plan nacional de desarrollo urbano en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Emilio Chuayffet Chemor, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Acosta Romero, Miguel, Teoría general del derecho administrativo; 2a. ed., México, UNAM, 1975.

    Carrillo Flores, Antonio, La justicia federal y la administración pública; 2a. ed., México, Porrúa, 1973.

    Carrillo Flores, Antonio, «La evolución del derecho administrativo mexicano en el », LXXV años de evolución jurídica en el mundo, vol. VI, Derechos constitucional y administrativo, México, UNAM, 1980.

    Fraga, Gabino, Derecho administrativo; 17a. ed., México, Porrúa, 1977.

    Nava Negrete, Alfonso, administrativo; prólogo de Andrés Serra Rojas, México, Porrúa, 1959.