Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público

Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público en México

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Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público

Depende del Secretario de Hacienda y Crédito Público, que a su vez forma parte de la estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Con el nuevo Reglamento Interior, del 22 de marzo de 1988 y con el propósito de hacer más eficiente la regulación del servicio público de la banca y el crédito, desapareció la Subsecretaría de la Banca Nacional, por lo cual se readscribieron las direcciones generales de banca de Desarrollo, de banca Múltiple y de Seguros y Valores a la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.

En enero de 1989 se crea la Subsecretaría de Asuntos Financieros Internacionales a la que se le se le encomendó el diseño y ejecución de la política de financiamiento externo. Para ello, se crearon las direcciones generales de Captación de Crédito Externo y Técnica de Crédito Externo y se le transfirió la Dirección General de Asuntos Hacendarios Internacionales que anteriormente formaba parte de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.

El 24 de febrero de 1992 se publicó un nuevo Reglamento Interior, con el que la Dirección General de Política Económica y Social, al pasar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cambió su denominación por Unidad de Planeación del Desarrollo, quedando adscrita a la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.

En 2003 se publica un Acuerdo mediante el cual el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes queda agrupado en el subsector coordinado por la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Banca de Desarrollo.

El 31 de octubre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que reforma y adiciona el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incorporando en la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, las Direcciones Generales de Finanzas Públicas y de Estadística de la Hacienda Pública, ambas dependientes de la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública.

Fines

Todas las unidades que forman su estructura orgánica y dependen de ella tienen sus propios objetivos. Asimismo, esta Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público tiene varios objetivos:

  • Proponer, dirigir y controlar la política económica del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, crediticia, bancaria, de divisas, precios, tarifas de bienes y servicios del sector público y de deuda pública.
  • Generar las condiciones adecuadas para aumentar la productividad y el crecimiento potencial de la economía
  • Mantener el déficit de las externas del país en niveles moderados y sanamente financiables (como se ve, es sólo un objetivo) con recursos de largo plazo.

Funciones

Asimismo, todas las unidades que forman su estructura orgánica y dependen de ella tienen sus propios objetivos establecidos normativamente. Las atribuciones de esta Subsecretaría son los que se detallan a continuación:

  • Programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades de las Unidades de Planeación Económica de la Hacienda Pública, Crédito Público, Banca de Desarrollo, Banca, Valores y Ahorro, Seguros, Pensiones y y Asuntos Internacionales de Hacienda, conforme a los lineamientos que determine el Secretario de Hacienda y Crédito Público.
  • Acreditar y supervisar, los asuntos relacionados con preparación de los cursos en los que participará el personal adscrito a las diferentes unidades administrativas de la Subsecretaría.
  • Dirigir las actividades de la Coordinación Administrativa de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, ante la Oficialía Mayor respecto con la atención de cualquier asunto relacionado con recursos materiales, humanos, financieros y en materia de tecnologías de información y comunicaciones.
  • Suscribir, en de la Secretaría, los instrumentos legales relativos al ejercicio de su función de fideicomitente único de la Administración Pública Federal en materia de su competencia, así como conceder audiencia al público.
  • Someter al Secretario de Hacienda y Crédito Público los anteproyectos de iniciativas de leyes o , así como los anteproyectos de reglamentos, , y órdenes del Presidente de la República en los asuntos de la competencia de las unidades adscritas a su responsabilidad, así como coordinarse con los demás Subsecretarios y con el Oficial Mayor, el Procurador Fiscal de la Federación y el Tesorero de la Federación, en su caso, en el desempeño de sus facultades y formular el anteproyecto de presupuesto de las unidades administrativas que se encuentran adscritas a su responsabilidad.
  • Realizar estudios sobre organización de las unidades y direcciones generales a su cargo y proponer las que procedan.
  • Proporcionar la información y la cooperación técnica que les sean solicitadas por otras dependencias del Ejecutivo Federal, de acuerdo con las políticas establecidas.
  • Colaborar en los diferentes foros y eventos nacionales e internacionales relativos a su competencia.
  • Designar a servidores públicos para representar a la Secretaría ante los órganos colegiados o grupos de trabajo que se establezcan en las disposiciones que no son emitidas por el Presidente de la República y en los que deban participar o, cuando por invitación de otras dependencias, entidades o instancias públicas, se estime pertinente.
  • Adscribir al personal de las unidades administrativas a su cargo y cambiarlo de adscripción cuando el cambio se realice a cualquiera de dichas unidades, así como cesar al personal de confianza, cuando corresponda.
  • Someter al Secretario de Hacienda y Crédito Público los anteproyectos de y convenios internacionales en las materias de su competencia y celebrar los acuerdos que basándose en aquéllos no requieran la firma del Secretario de Hacienda y Crédito Público.
  • Realizar las demás que le señalen otras disposiciones legales y las que les confiera directamente el Secretario de Hacienda y Crédito Público.

Estructura Orgánica

Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública

Los fines de esta Unidad son los siguientes:

  • Proponer los lineamientos de política macroeconómica del Gobierno Federal de corto y mediano plazos, considerando los efectos de las políticas sectoriales en las finanzas públicas, consolidar el déficit del sector público federal,
  • Difundir las estadísticas (existen varios instrumentos internacionales multilaterales en materia de estadísticas económicas: el Protocolo de enmienda a la Convención internacional sobre estadísticas económicas, firmada en Ginebra el 14 de diciembre de 1928, y París, 9 de diciembre de 1948 y la Convención internacional sobre estadísticas económicas, firmando en Ginebra, 14 de diciembre de 1928 y enmendada por el Protocolo firmado en París el 9 de diciembre de 1948, Paris, 9 de diciembre 1948; la Convención se adoptó en esa fecha, y el Protocolo en Ginebra, Suiza, el 14 de diciembre de 1928) agregadas de las finanzas públicas de manera oportuna y
  • Dar seguimiento e informar sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, a fin de procurar el cumplimiento del programa económico aprobado por el Congreso de la Unión.

Dirección General de Finanzas Públicas

Esta Dirección General conduce el análisis y seguimiento de las finanzas públicas, mediante la integración y elaboración de informes para la toma de decisiones de las autoridades superiores y proponer elementos que apoyen la elaboración de los Criterios Generales de Política Económica. Otro de sus fines es operar el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, con la finalidad de proporcionar a las áreas de la Secretaría y de la Secretaría de la Función Pública indicadores suficientes para el desarrollo de sus funciones.

Dirección General de Estadística de la Hacienda Pública

Esta Dirección General dirige el sistema de información económica, financiera, fiscal y externa de la Secretaría. También lleva a cabo la elaboración de las estadísticas (existen varios instrumentos internacionales multilaterales en materia de estadísticas económicas: el Protocolo de enmienda a la Convención internacional sobre estadísticas económicas, firmada en Ginebra el 14 de diciembre de 1928, y París, 9 de diciembre de 1948 y la Convención internacional sobre estadísticas económicas, firmando en Ginebra, 14 de diciembre de 1928 y enmendada por el Protocolo firmado en París el 9 de diciembre de 1948, Paris, 9 de diciembre 1948; la Convención se adoptó en esa fecha, y el Protocolo en Ginebra, Suiza, el 14 de diciembre de 1928) de finanzas públicas y emite las metodologías empleadas para ello.

Otros fines que tiene son los siguientes:

  • Actuar como representante de la secretaría en temas de su competencia
  • Lleva a cabo la administración de un almacén de datos y de los registros contables y administrativos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico, a efecto de presentar y facilitar el análisis de la información institucional
  • Da seguimiento de la política fiscal, informar al Congreso de la Unión, así como, su divulgación en coordinación con la Unidad de Comunicación Social y Vocero.

Unidad de Crédito Público

Esta Unidad formula, propone, instrumenta y evalúa las políticas, lineamientos y programas de captación de recursos en los mercados de dinero y de capitales, de acuerdo con las condiciones financieras de México y de los mercados financieros internacionales, así como recursos de fuentes privadas internacionales de financiamiento, organismos internacionales y créditos bilaterales. Todo ello lo hace con el objetivo, fundamental, de atender las necesidades de financiamiento del Gobierno Federal, del y de las entidades paraestatales. Todo ello deberá tener lugar, en principio, en un marco de responsabilidad fiscal que permita alcanzar los objetivos del Ejecutivo Federal y atender el Programa Económico autorizado por el Congreso de la Unión y promover el desarrollo de los mercados locales de deuda.

Unidad de Banca de Desarrollo

Esta Unidad promueve, dirige y coordina la política de financiación al desarrollo de las entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento (incluyendo las instituciones de banca de desarrollo), mediante la participación en sus diferentes órganos de gobierno. El objetivo es colaborar en sus funciones (véase más abajo) en la atención de los sectores estratégicos de la economía, de acuerdo con lo establecido en los lineamientos y objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo (PND)y en el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo.

Unidad de Banca, Valores y Ahorro

Esta Unidad actúa como autoridad reguladora, coordinadora, supervisora y evaluadora en los aspectos normativos, corporativos y financieros de las instituciones de su competencia. Esta actuación tiene lugar de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. También lleva a cabo las actividades financieras, bancarias, crediticias, de valores, futuros, opciones y auxiliares del crédito (incluidas las financieras de objeto múltiple y de ahorro), con el objetivo de aunar «esfuerzos en el crecimiento de la economía nacional». Con el mismo fin, se ocupa asimismo de los asuntos referentes a la protección al ahorro bancario y crédito popular, así como de protección y defensa al usuario de servicios financieros, para consolidar el sistema financiero del Gobierno Federal.

Unidad de Asuntos Internacionales de Hacienda (UAIH)

Esta Unidad hace esfuerzos para contribuir en la formulación e instrumentación de la política de la hacienda pública de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fortaleciendo sus vínculos con el exterior e incidiendo en la construcción de un orden económico y financiero internacional más equitativo y estable. También lleva a cabo actuaciones de instrumentalización de la política de la hacienda pública de la Secretaría, mediante la obtención y facilitación de beneficios financieros y técnicos que impulsen el desarrollo nacional en beneficio de la sociedad mexicana.

Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social

Esta Unidad establece políticas, expide y propone regulación y resuelve los asuntos y materias, en el ámbito de sus funcione, de:

  • instituciones y mutualistas de seguros;
  • reaseguradoras extranjeras;
  • instituciones de fianzas; consorcios de seguros y de fianzas;
  • administradoras de para el retiro; sociedades de inversión especializadas, de para el retiro y operadoras de la Base de Datos Nacional SAR;
  • grupos financieros y su sociedad controladora (siempre que ésta, esté sujeta a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro);
  • pensiones y y
  • actividades de seguros, fianzas y las relativas a los sistemas de ahorro para el retiro, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de su misión y objetivos, en las materias señaladas, conforme a los ordenamientos legales aplicables.

Sobre la Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPP), véase aquí. También forma parte de la estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.